Un albañil de 34 años fue condenado hoy a seis meses de prisión en suspenso, como autor de los delitos de violación de domicilio, amenazas simples y daño agravado, todo ello en concurso real entre sí, valorados en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contra las Mujeres.
En la causa quedó probado que el 8 de diciembre del año pasado, a la mañana, su expareja había dejado a sus hijos en su casa con una amiga y ella se fue a trabajar. Cuando observó que había recibido un llamado del teléfono fijo de su casa, lo devuelve y es atendida por el imputado, quien “comenzó a insultarla, manifestándole que se llevaría a la hija de ambos de un año y medio”, señala la sentencia.
Agrega que ante esa situación, la mujer “se retiró de su trabajo y al llegar a su vivienda, solicitó un móvil policial para el reintegro de la niña; negándose el acusado a entregarla, mientras la amenazaba de muerte. Ante ello, el personal policial intentó mediar con el imputado, pero no accedió. Luego salió con la nena en brazos intentando agredir a su ex pareja, quien se encontraba dentro del patrullero, dándole un golpe al vidrio trasero del patrullero, dañándolo completamente”. En ese momento fue reducido y detenido.
El conflicto penal se resolvió a partir de un acuerdo de juicio abreviado alcanzando entre el fiscal Andrés Torino, el defensor oficial Pablo De Biasi y el propio imputado, quien admitió la autoría de los hechos. La damnificada, al ser informada de ello, también brindó su conformidad. El fallo fue rubricado por el juez de control santarroseño, Gabriel Lauce Tedín.
Las partes también convinieron imponerle al condenado el cumplimiento de las siguientes pautas de conducta durante dos años, bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la pena: fijar residencia, someterse al contralor de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de relacionarse de modo alguno con la víctima, y realizar un tratamiento psicológico.