miércoles 11, diciembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Un fallo judicial congeló los planes de ahorro para comprar autos

Compartir
Twittear
Compartir
Telegram

La medida cautelar favorece a los ahorristas santiagueños ante el incremento en las cuotas, que no podrán superar su valor al mes de abril de 2018, más el coeficiente de variación salarial.





El Juzgado de Paz de Primera Nominación, implementó hoy una medida cautelar para proteger los derechos de ahorristas con contratos vigentes de planes nacionales de ahorro de automotores, a través de una acción de amparo presentado por la Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero.

La resolución dictada por el juez Rómulo Scarano beneficia a miles de ahorristas fijando los valores de las cuotas al mes de abril de 2018 para los que residan en Santiago del Estero con contratos en vigencia.

«El motivo de la cautelar fue aliviar la situación económica de las personas afectadas por la suba de las cuotas y, por ende, no sería coherente con la misma y con el beneficio de justicia gratuita establecido por el artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, exigir a los afectados que asuman honorarios particulares», destacó el fallo.

En relación a la forma de acogerse a ésta, el magistrado sostuvo que los beneficiaros deben recurrir al Poder Judicial o -en su defecto- a la Defensoría del Pueblo de Santiago del Estero donde serán informados de los requerimientos para tal fin.

“Iniciado el trámite, la medida no planteará diferencia alguna entre los beneficiarios que tengan cuotas impagas o los que están al día”, precisó el magistrado.

Scarano indicó que «la única diferencia es operativa, ya que los que debían tres cuotas a la fecha de la cautelar, deberán recibir de sus planes de ahorro una re-emisión de las tres cuotas impagas con el valor que tenían al mes de abril de 2018, más el coeficiente de variación salarial, y los que están al día, recibirán la próxima cuota conforme lo dispuesto por la cautelar”.

«De igual forma, se determina que no existirá diferencia entre los que hayan recibido o no el automotor, ya que si bien los fundamentos de la resolución señalaron la gravedad de la situación de los ahorristas que recibieron el vehículo, quienes ya no pueden dejar de pagar el mismo, pero la medida cautelar cubre a ambos y la reducción de la cuota se debe aplicar en cualquiera de los dos casos», concluyó. (Fotografía: ilustrativa)

Compartir
Twittear
Compartir
Telegram

Deja tu comentario!