jueves 18, abril, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

General Pico: Condenado por agredir a la ex pareja y amenazar a su hija

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de control  de General Pico, María Jimena Cardoso condenó a un hombre de  a 41 años; como autor material y penalmente responsable de los delitos de «lesiones leves agravadas por el vínculo y amenazas simples –dos hechos- «; a la pena de seis meses de prisión en suspenso.





Además impuso al condenado las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio, no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al Juez de Ejecución Penal y al MPF y someterse al cuidado del ente de políticas socializadoras. También le ordenó prohibición de acercamiento al domicilio de su ex pareja., como así también una restricción de todo tipo de comunicación y contacto para con la misma; el cese de todo acto de perturbación e intimidación respecto a su hija; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas y someterse a un tratamiento psicológico previo informe que acredite su necesidad y eficacia.

El acuerdo fue presentado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Alejandro Piñeiro y el imputado. Las damnificadas, al ser informadas sobre la firma del mismo  prestaron su conformidad.

El primero de los dos hechos por los que se acusó al imputado ocurrió el 1 de septiembre de este año,  cuando el imputado amenazó de muerte a su hija de 17 años, a su ex pareja y a la actual pareja de ésta.

El segundo hecho ocurrió el 3 de septiembre,  cuando el imputado tomó del cuello y le propinó un golpe de puño en el pecho a su ex pareja, generándole lesiones certificadas. Además le vociferó amenazas.

«Ninguna duda cabe que la violencia de género es una de las problemáticas más comunes en las relaciones interpersonales y es un flagelo en la sociedad por lo cual se deben promover acciones tendientes a erradicar todo tipo de violencia manifiesta contra el género femenino. Así también lo entendió nuestro Superior Tribunal de Justicia (Acuerdo 2889 del 1/12/2010) al disponer la introducción de la perspectiva de género en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia, atento al compromiso asumido por el Estado Argentino a través de la integración de los tratados sobre derechos humanos a la Constitución Nacional producto de la reforma de 1994» , manifestó la jueza en el fallo.

Luego agregó que el imputado «atentó contra la libertad psíquica de las víctimas, imponiéndoles una limitación que le impidió ejercer la libertad en la medida deseada. Así, manifestó o anunció su voluntad de causar un daño futuro e ilegítimo a la damnificada  y a su hija,  generando un sentimiento de temor, tanto en ella como en la niña.  Este accionar del imputado encuadra en la figura de amenazas».

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