En un fallo inédito, una jueza de la ciudad de Córdoba admitió hoy una demanda de adopción plena pluriparental para una niña de 11 años que podrá llevar los apellidos de la madre y de sus dos padres.
La jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, Laila Córdoba, “le otorgó a la madre y a los dos padres la adopción plena de la niña, y ordenó al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que inscriba a la niña con el nombre de pila M. J. y con los tres apellidos F. F. V».
En un párrafo de lectura fácil, redactado especialmente para la niña, la magistrada explicó su decisión en estos términos: «Como vos pediste, te vas a llamar M. J. que son los nombres con los que te identificás; pero tu apellido en adelante será F. F. V. Así que ahora, por ejemplo, en el cole cuando te tomen lista te van a decir «M. J. F. F. V.», y así te van a reconocer todos y en cualquier lugar a donde vayas».
De esta manera, el tribunal declaró la inconstitucionalidad de dos artículos del Código Civil y Comercial que impiden la adopción pluriparental.
La niña había manifestado, tanto al Equipo Técnico de Adopción como a la jueza Córdoba, durante las audiencias llevadas a cabo en el tribunal, que tiene «una mamá y dos papás». Así se refería al hombre que era esposo de la madre cuando la adoptaron, aunque esta pareja luego se separó y la mujer comenzó una relación con otro hombre, a quien la niña también consideró su padre.
Según las constancias de la causa, el primer esposo después del divorcio no perdió el contacto con la niña, sino que, por el contrario, siguió compartiendo los fines de semana con ella en el domicilio familiar.
En los fundamentos del fallo, la jueza Córdoba precisó que «la pluriparentalidad es uno de los grandes desafíos del derecho de familias contemporáneo».