La jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso, condenó a un hombre de 30 años, como autor material y penalmente responsable del delito de «daño simple y violación de domicilio»; a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional.
Además le impuso al nombrado las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al Juez de Ejecución Penal, al fiscal y someterse al ente de políticas socializadoras; prohibición de acercamiento genérica y de todo tipo de comunicación y contacto respecto de la damnificada –su ex pareja y madre de dos hijos en común- ; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas.
La magistrada también le ordenó realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia por parte de profesional idóneo en la materia, destinado a que no incurra nuevamente en comportamientos violentos contra terceros. Y agregó que «deberá hacérsele saber al/la profesional que realice la evaluación pertinente lo expuesto por la damnificada con relación al consumo de alcohol y la preocupación de la víctima en relación a los hijos que tienen en común».
El fallo tuvo lugar a consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Luciano Rebechi, el defensor oficial Walter Vaccaro y el propio imputado quien admitió los hechos. La damnificada, al ser consultada sobre la firma del acuerdo, prestó su conformidad.
Las pruebas aportadas en el legajo permitieron acreditar que en la noche del 5 de octubre del año pasado, el imputado se presentó en el domicilio donde habita su ex pareja, ingresó por la fuerza a la vivienda, allí insultó a la nombrada, mientras le preguntaba con quién estaba, a la vez que le quitó el celular e intentó revisarlo. Cuando la damnificada se acercó para recuperarlo la tomó de los brazos tirándola al piso. Posteriormente, como no pudo revisar el teléfono porque tenía clave lo rompió y se lo entregó diciendo «tomá, acá tenés tu teléfono».
Cardoso agregó en el fallo que «se vislumbra la existencia de un contexto de violencia contra la mujer, conforme las previsiones de la Ley Nacional Nº 26.485 y la Convención de Belém Do Pará. Obran indicios que sumados unos a otros conforman una sólida plataforma probatoria y permiten contextualizar el hecho en un marco de violencia de género de larga data».
LA GOLPEÓ Y LA AMENAZÓ CON UN CUCHILLO
En una lectura de sentencia dictada de forma oral, el juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi, condenó a un hombre de 28 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de «lesiones leves agravadas por haber sido cometida contra la persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación de pareja»; a cumplir la pena de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, con expresa declaración de reincidencia.
El fallo fue dictado en el marco de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por la fiscal Ivana Hernández, el defensor particular Martín Herrero Galvagno y el imputado quien confesó los hechos.
Las pruebas aportadas en la causa permitieron corroborar que el 17 de noviembre de 2019, el imputado protagonizó una fuerte discusión con su pareja, la tomó del cuello, la empujó varias veces contra la pared y la agarró de los pelos hasta lograr sacarle el teléfono celular. Luego de esta agresión, el imputado la empujó nuevamente y tomó un cuchillo. La damnificada, al percatarse de que el imputado tenía un cuchillo, comenzaron a forcejear y durante el mismo, con la manipulación del cuchillo por parte del imputado le provocó una lesión a la mujer en la mano izquierda, quien empezó a perder gran cantidad de sangre. Las lesiones fueron certificadas por el médico interviniente.