jueves 28, marzo, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Homicidio de Loza: El STJ rechazó un recurso para que el condenado llegue a la CSJ

La Sala B o Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso extraordinario federal interpuesto por Carlos Andrés Carrión, declarado autor y penalmente responsable del homicidio de Diego Nicolás Loza, y por lo tanto le impidió llegar a la Corte Suprema por esa vía.





La resolución de los ministros Hugo Oscar Díaz y Fabricio Luis Losi fue dictada en las últimas horas, en plena feria judicial extraordinaria, luego de que el lunes el propio STJ, a través del acuerdo 3700, habilitará a los magistrados de todos los fueros y de las cuatro circunscripciones judiciales, a dictar “sentencias definitivas e interlocutorias en todas aquellas causas que su estado procesal lo permita”.

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El 22 de mayo del año pasado, el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa condenó a Walter Eleuterio Rojas Pedraza a prisión perpetua, por ser autor de los delitos de homicidio agravado por el concurso premeditado de dos o más personas, homicidio criminis causa, en concurso ideal con robo con escalamiento agravado por el uso de arma de fuego y portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal, todo en concurso real, en calidad de coautor, en perjuicio de Loza.

Además declaró la autoría y responsabilidad penal de Carrión –hoy es mayor de edad, pero al momento de los hechos era menor– por los mismos delitos, y también en calidad de autor. A fines del año pasado, la propia Sala B –con los votos de Díaz y la ministra Elena Victoria Fresco– había rechazado los recursos de casación presentados por ambos acusados, en contra de la decisión del Tribunal de Impugnación Penal de confirmar la sentencia condenatoria.

Carrión, a través del defensor particular Marcelo Mangas, formuló el recurso extraordinario federal contra esa resolución del STJ; pero el máximo tribunal provincial ahora volvió a decirle que “no”  por considerar que no se demostró que haya existido durante el proceso una vulneración de derechos y garantías constitucionales.

“Los aspectos descriptos como configurativos de la cuestión federal, relacionados a la vulneración de derechos y garantías constitucionales –convencionales, y a la tacha de arbitrariedad– no aparecen apropiadamente introducidos, de acuerdo a los estándares jurisprudenciales fijados por la Corte Suprema; sino que dejaron entrever una insistente discrepancia con relación a la forma en que se valoraron las pruebas producidas en la instancia de juicio”, señaló la Sala B entre otros considerandos.

Agregó que “la cuestión federal apta para la procedencia de esta instancia, debe ser ‘sustancial, suficiente y trascendente’, cualidades que en orden a lo antes descripto no se evidenciaron en la presentación”.

​Mangas había sostenido que “la exposición pública y mediática del caso generó una verdadera estigmatización en el adolescente, como así también una evidente presión sobre los magistrados que debieron tomar a su cargo el juzgamiento de los hechos”; y consideró que la fiscalía basó su acusación “en prueba contradictoria, ignorando la que establecía la ajenidad de Carrión”.

 

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