El gobierno de La Pampa emitió el Decreto 726/20 detallando la entrada en vigencia de las nuevas actividades habilitadas en el marco de la cuarentena administrada dispuesta por la pandemia de COVID-19. El decreto fue refrendado por el gobernador Sergio Ziliotto y funcionarios del gabinete pampeano.
Las excepcionalidades entrarán en vigencia este lunes 20, excepto las referidas a las ventas online y/o telefónicas porque corresponde a los municipios la habilitación de los comercios en función del cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa.
Nuevos requerimientos para los que vuelven a La Pampa de zonas con circulación de Covid -19
El decreto provincial incluye además los protocolos necesarios para “el resguardo minucioso de las medidas de profilaxis impuestas para evitar el avance de la pandemia de COVID-19, contemplando esquemas establecidos de mínima circulación social y fácil control”.
El listado de actividades y/o servicios excepcionados, es el siguiente:
1- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, tales como: Pago Fácil/Rapipago, Pampa Pagos, cooperativas prestadoras de servicios públicos de electricidad, agua, gas, entre otras.
2- Oficinas de Rentas de la provincia y los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
3- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
4- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
5- Atención médica y odontológica programada de seguimiento de enfermedades crónicas y de carácter preventiva, con turno previo. Máximo dos pacientes por hora por profesional garantizando el distanciamiento social.
6- Laboratorio e imágenes con turno previo. Máximo dos pacientes por hora por profesional garantizando el distanciamiento social.
7- Ópticas con prescripción médica, con sistema de turnos. Máximo dos pacientes por hora por profesional garantizando el distanciamiento social.
8- Empresa de seguros y servicios de verificación de siniestros que permitan fundamentalmente el pago de los arreglos de los automóviles y motos por accidentes, sin atención al público. Todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
9- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.