jueves 28, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Río Atuel: La Pampa reclamó ante la CIAI que Mendoza realice “sueltas inmediatas” de agua

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Hoy se realizó la primera reunión de la CIAI después que la Corte Suprema de Justicia de Nación (CSJ) determinó un caudal mínimo inmediato en el límite entre Mendoza y La Pampa de 3,2 m3/s. Los funcionarios pampeanos reclamaron que Mendoza realice “sueltas de agua almacenadas en los embalses en forma inmediata”, pero los representantes mendocina continúan con posturas negativas, pese al falló del máximo tribunal de Justicia del país.





La representación de la provincia de La Pampa participó por vía de teleconferencia desde las instalaciones de la Sala Mechi Mario de Casa de Gobierno, con la presencia de la Fiscala de Estado, Romina Schmidt; el director de Política Hídrica Gastón Buss; el subsecretario de Ambiente, Fabián Titarelli; el representante de la UNLPam Pablo Dornes; y el diputado nacional Hernán Pérez Araujo. Además, estuvo presente el secretario de Recursos Hídricos Néstor Lastiri.

Los representantes de La Pampa en la reunión destacaron que la sentencia de la CSJ debe ser cumplida por las tres jurisdicciones, y expuso un esquema de trabajo para que el caudal mínimo determinado sea otorgado en el límite interprovincial de manera inmediata.

El esquema consta de cinco puntos, reviste un orden cronológico de resolución, aun cuando puedan ser tratados de manera coetánea en el seno del organismo, manifestaron los representantes pampeanos.

En ese orden de ideas, se planteó una serie de acciones inmediatas, consistente en la suelta de agua almacenada en embalses en forma inmediata (punto 1) que posibilite la liberación del caudal de 3,2 m3/s determinado por el Máximo Tribunal, de manera de posibilitar el cese del año ambiental del ecosistema del noroeste pampeano debido a la falta de escurrimientos del río Atuel. Ante esta solicitud concreta, los representantes mendocinos se opusieron, manifestando la imposibilidad de otorgar dicho caudal aun cuando es notorio que nos hallamos en un año de elevadas precipitaciones níveas.

Se planteó además la necesidad de creación de Normas de Manejo (Punto2) de los embalses El Nihuil, Aisol, Tierras Blancas y Valle Grande; que incluyan Caudal Ambiental Interino fijado por la CSJ, de modo tal de contemplar la necesidad de todos los usos de la cuenca, garantizando su satisfacción actual sin dejar de considerar la sustentabilidad del funcionamiento del sistema en su integralidad, tanto antrópico como natural. Para ello deberá contemplarse, entre otros, el uso ambiental, no tenido en cuenta a la fecha por la provincia de Mendoza.

Conforme lo expresa la sentencia, se propone fortalecer el Comité Interjurisdiccional del río Atuel, que pasará a denominarse CIRA (Punto 3), con el objetivo de definir conjuntamente entre La Pampa, Nación y Mendoza, el reglamento que permita la gestión integrada de los recursos hídricos de la cuenca del río Atuel, basada en el concepto de integralidad, y atribuyendo a las partes integrantes del Órgano de Cuenca –Nación, Mendoza y La Pampa- de facultades de manejo conjunto, consensuado e integrado de las aguas del Rio Atuel.

Estos tres primeros puntos, factibles de inmediata instrumentación, no revisten costo alguno, y se fundan la acción solidaria entre las partes, que no compromete los usos actuales.

Además, y entendiendo que el caudal fijado por la CSJ es inicial y progresivo, para determinar la posible restauración ambiental del territorio pampeano, se propuso una inmediata determinación de la Línea de Base Actual (Punto 4), desde la cual partir en la instrumentación de los indicadores de monitoreo ambiental que determinen la restauración o no del mismo,  midiendo a partir de ese diagnóstico la progresividad del caudal ambiental interino y avanzar hacia el Caudal Hídrico Apto.

Para su instrumentación, es necesaria la instalación de estaciones de monitoreo y el relevamiento a lo largo de transectas que cubran el humedal que conforman los bañados del río Atuel en su cuenca inferior.

Por último, se propuso referirse al plan de Obras Estructurales (Punto 5) propiamente dicho, haciendo la salvedad de que ninguna de las propuestas requiere ser  inmediata, y que su concreción depende de que se encuentre la gestión acordada. En la Provincia de La Pampa las principales deberían ser la limpieza de cauce e instalación de partidores.

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