La policía de Eduardo Castex intervino en una reunión familiar en una vivienda ubicada en el cruce de calle Palacios y Avenida del Trabajo, donde –al menos había- seis personas –con un niño de 2 años- se encontraban compartiendo un asado. Uno de los demorados es reincidente por violar la cuarentena, y otro repitió una infracción por la no utilización del tapaboca.
Los efectivos fueron alertados –en los primeros minutos del domingo- porque los vecinos se quejaron por la música alta que se escuchaba desde un taller.
Los involucrados fueron imputados en una causa judicial por infracción a los artículos 205 y 239 del Código Penal Nacional, y quedaron a disposición del Ministerio Público Fiscal.
Este delito establece que será reprimido “con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal»; también fija que los infractores serán reprimidos “con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia».
MULTAS POR TAPABOCAS
Paralelamente, la policía también constató entre los asistentes al encuentro social, había cinco personas que no contaban con tapabocas, y se les iniciaron actuaciones contravencionales enmarcadas en la Ley 3242.
En este caso los infractores serán sancionados con una multa cuyo importe podrá fijarse entre $ 2.000 y $ 5.000 pesos. En caso de reincidencia se incrementará el monto un cien por ciento.