viernes 29, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Defensa del Consumidor de La Pampa aplicó millonaria multa a siete empresas

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La provincia de La Pampa multó esta semana por más de $ 1 millón a siete empresas y pymes locales, nacionales y multinacionales por incumplimientos a la Ley de Defensa del Consumidor: las sanciones son por «trato indigno, incumplimiento de las condiciones de venta e información imprecisa», entre las principales causas denunciadas.





Esta semana la Dirección de Defensa del Consumidor de La Pampa multó a tres firmas titulares de supermercados nacionales e internacionales con presencia en la provincia junto a sus proveedoras de servicios financieros, a una concesionaria automotor, a una herrería local y a una firma de venta de piletas por incumplir varios de los artículos de la ley que pretende proteger los derechos de consumidores y consumidoras, publicó el diario La Arena. 

En total son siete empresas: la primera es un hipermercado de venta de productos de ferretería y obra que junto con su servicio financiero recibió una multa de $ 185 mil.

Además, dos firmas internacionales que tienen supermercados en Santa Rosa deberán pagar $ 190 mil y $ 170 mil respectivamente. A su vez, la multa más onerosa la deberá enfrentar una concesionaria de venta de automóviles con domicilio en Capital Federal y sucursal en Santa Rosa, que tras incumplir con la ley recibió una sanción económica de $ 290 mil.

Pero no todas las empresas condenadas económicamente por Defensa del Consumidor son foráneas y de grandes firmas ya que una herrería ubicada en la zona norte de Santa Rosa deberá pagar una multa de 45 mil pesos y una pyme de venta de piletas de fibra, también con domicilio en La Pampa, recibió una multa de 130 mil pesos.

En total, el monto de las sanciones aplicadas asciende a 1.010.000 pesos que deberán ser depositadas en las cuentas de Rentas de la provincia o, en caso de incumplimiento de la sanción, se realizará la Ejecución Fiscal.

LOS MOTIVOS

En los distintos expedientes, cada una de las empresas condenadas tiene detallados cuales son los artículos de la ley incumplidos. En el caso de las primeras tres firmas mencionadas anteriormente, la principal causa está relacionada a los servicios financieros y crediticios que prestan.

«La imposibilidad de dar de baja tarjetas o servicios financieros que tienen las empresas para dificultar la salida del sistema es una de las causas más resonantes, porque no atienden los reclamos ni las solicitudes de baja de los consumidores», indicó Florencia Rabario, titular de Defensa del Consumidor de la provincia.

A su vez, entre las principales causas de las denuncias aparecen el trato indigno por parte de las empresas, el incumplimiento de las condiciones de venta de los productos o servicios y la escasez, imprecisión o falsedad de la información relacionada con las características esenciales de los bienes y servicios provistos.

Otro de los artículos incumplidos según los expedientes es la violación de los términos, plazos, modalidades y demás circunstancias ofrecidas en la publicidad o contratación del producto o servicio y la reparación no satisfactoria, que, según el texto de la ley 24.240, indica que «en los supuestos en que la reparación (NdR: ofrecida por la empresa ante una queja) no resulte satisfactoria (…) el consumidor puede: pedir la sustitución de la cosa adquirida, devolverla u obtener una quita proporcional del precio».

MÁS DE 100 CAUSAS

Finalmente Rabario explicó que las siete sentencias o multas aplicadas durante la primera semana de enero corresponden a causas que se trabajaron durante todo el año pasado y que, por distintos motivos, no se pudo llegar a un acuerdo entre el consumidor o consumidora denunciante y la empresa denunciada. Sin embargo, destacó que en total hubo 140 procesos iniciados y «la mayoría llegó a un acuerdo».

«Nuestra tarea es una tarea de conciliación entre las partes, donde se realiza una posible audiencia para tratar de llegar a la solución del conflicto y cuando eso no es posible, cuando no hay acuerdo entre las partes, el procedimiento sigue de oficio para evaluar la el tema de fondo: si hay reticencia de la empresa e incumplimiento de la ley, se imputa el hecho y se brinda el derecho a defensa. Luego se somete a evaluación y si se corrobora el delito se aplica la multa o sanción», indicó la funcionaria al tiempo que manifestó que la persona damnificada puede, a su vez, hacer una denuncia en la justicia ordinaria por daños y perjuicios.

NUEVAS TEMÁTICAS

La titular de Defensa del Consumidor de la provincia mantuvo con este diario fue consultada respecto de cuáles son los temas principales de las denuncias que realizan los consumidores ante la oficina.

Y en ese sentido explicó que hay motivos «clásicos» pero aseguró que durante la primera parte de la cuarentena aparecieron «temáticas no habituales».

«Durante los meses de la cuarentena en la que no estaba habilitado el comercio no esencial aparecieron temas de denuncia que no son habituales. Tuvimos de a cientos de reclamos hacia empresas de logística por incumplimiento de fechas de entrega o demás cuestiones vinculadas al comercio electrónico, lo que generó un cambio en las empresas denunciadas también», dijo Rabario ante la consulta periodística.

Pese a eso, la funcionaria provincial sostuvo que «a mitad de año, cuando se flexibilizó la cuarentena y se resolvió la cuestión de la habilitación de los rubros no esenciales las temáticas denunciadas volvieron a ser las habituales, principalmente el tema de los incumplimientos de las empresas crediticias o financieras».

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