El rector Oscar Alpa, mediante resolución 189/21 ad referéndum del Consejo Superior, decidió «prorrogar la suspensión de todas las actividades presenciales en el ámbito de la Universidad Nacional de La Pampa, hasta el 11 de junio de 2021, inclusive».
En el articulado de la medida se estableció que «los equipos de gestión del Rectorado y de las Unidades Académicas son actividades esenciales y en consecuencia no están comprendidos».
Además, se habilitó a Decanatos y a responsables de las Secretarías de Rectorado, a declarar esenciales las actividades que corresponda y convocar para prestar servicio presencial al personal estrictamente imprescindible para su realización, y siempre que el mismo no esté considerado dentro de un grupo de riesgo de acuerdo con la definición del Ministerio de Salud de la Nación.
En este marco se instó a quienes realicen actividades presenciales esenciales, a mantener el cumplimiento estricto de los Protocolos Específicos aprobados por el Comité de Condiciones y Ambiente de Trabajo de la UNLPam.
En los considerandos se puso de relevancia que en el día de la fecha el Poder Ejecutivo Provincial dictó el Decreto Nº 1626/2021, prorrogando la vigencia de los Decretos Nº 1504/21 y N° 1505/21 en todo el ámbito territorial de la Provincia de La Pampa, hasta el día 11 de junio de 2021, inclusive y la importancia de acompañar nuevamente las medidas sanitarias previstas en el ámbito provincial.