El Gobierno eliminó este lunes el cobro de derechos de exportación a unos 70 productos agroindustriales elaborados en las economías regionales. Las mercaderías por la disposición oficial «no deberán abonar ninguna otra alícuota del derecho de exportación distinta a la allí establecida», detallaron.
Entre los sectores beneficiados se encuentran la producción de abejas, huevos, pimienta y otras especies aromáticas; semillas de papa, girasol y arroz, entre otros cultivos; aceites y jugos de varias frutas, caseína, albumina y maní.
Así quedó establecido en el decreto 410/2021 publicado este lunes en el Boletín Oficial, a través del cual el Poder Ejecutivo aclaró que «se identificó, en una primera revisión, la potencialidad de determinadas economías regionales en términos de crecimiento de las inversiones, la producción y las exportaciones con impacto en todas las provincias del país y se fijó para tales mercaderías un derecho de exportación del 0%».
Además, resaltó que «desde la publicación de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, se han dictado varias normas en las que se procuró reducir la alícuota del derecho, con especial atención en la generación de valor agregado en el país».
El Gobierno recordó que mediante el Decreto N° 230/20 se fijaron las alícuotas de Derechos de Exportación para diferentes mercaderías, en su mayoría productos agroindustriales e industriales.
Otro Decreto, el N° 1060/20, fijó las alícuotas de Derechos de Exportación para mercaderías, en su mayoría de origen agroindustrial e insumos básicos industriales, y propuso una escala de alícuotas «regida por una lógica de promoción del desarrollo e incentivo a la producción y la agregación de valor nacional y de las exportaciones de las cadenas productivas con mayor presencia territorial y potencial de creación de empleo».
«Mediante ese decreto, se procuró defender la sostenibilidad y progresividad fiscal, así como la simplicidad normativa», destacó la Casa Rosada.
Y explicó que esa decisión «procuró mantener la lógica de diferenciación por agregación de valor introduciendo una alícuota del 4,5 % para insumos básicos industriales».
Ahora, aseguró que «resulta necesario introducir ciertas modificaciones a lo dispuesto en el Decreto N° 1060/20, siempre dentro de los márgenes establecidos en la proyección de recursos del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, donde sigue siendo prioritaria en el diseño de la política tributaria la contribución de los Derechos de Exportación a la sustentabilidad fiscal».