viernes 29, marzo, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Cuatro condenados por violencia de género en localidades de La Pampa

La jueza de control de General Acha, Laura Alejandra Moscoso Mendieta, condenó a Marcelo Adrián García a ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, declarándolo reincidente, por ser autor del delito de violación de domicilio, en el marco de la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.





Hace dos meses atrás, el 23 de septiembre a la noche, el imputado –de 52 años y con antecedentes registrables– ingresó a la casa de una expareja sin su consentimiento, y comenzó a gritarle: «te pido que me dejes entrar, no llames a la policía; si tengo que ir preso dos años no me importa».

El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa de juicio abreviado, presentado por el fiscal de General Acha, Juan Bautista Méndez; la fiscala de 25 de Mayo, Eugenia Bolzan; el defensor particular Santiago Pedro Zalazar; y el propio acusado, quien a fines de 2020 había recibido otra condena a un año y dos meses de prisión. La víctima, al ser informada sobre sus alcances, también dio su conformidad.

EN VICTORICA

A su vez, en Victorica, el juez de control, Carlos Espínola, en otro abreviado, condenó a Marcos Andrés Videla a siete meses de prisión en suspenso, por amenazas simples y lesiones leves agravadas por el vínculo, todos hechos enmarcados en la ley 26485. El acuerdo fue rubricado por el fiscal Juan Cupayolo, la defensora oficial Mariana Zabala y el imputado, de 27 años.

El 16 de agosto de este año, a la madrugada, el acusado fue hasta el domicilio de su exnovia, le tiró un golpe de puño y la amenazó expresándole: «te voy a prender fuego la casa». Un mes más tarde, y teniendo dictada una restricción de acercamiento, volvió a agredir a la víctima, empujándola y golpeándole la cabeza contra el piso; para luego tomarla del cuello y apretárselo con sus manos.

Por ser la sanción de ejecución condicional, las partes le fijaron a Videla el cumplimiento de las siguientes pautas de conducta: fijar residencia, presentarse con determinada frecuencia en el Juzgado de Paz de la localidad donde vive, someterse al control de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal, no estar cerca ni comunicarse con la damnificada, cesar actos de perturbación hacia ella, abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento médico o psicológico.

EN SANTA ROSA

El juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz, condenó a Brian Marcelo Llanos, por lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente y amenazas simples, en concurso real y en un contexto de violencia de género en el marco de la ley 26485; a la pena de ocho meses de prisión en suspenso.

Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, el magistrado dio por acreditado que el pasado 14 de octubre, a la madrugada, el imputado de 26 años ingresó a la vivienda de su expareja si autorización y, ante la negativa de ella a hablar, intentó prenderle fuego sus zapatillas con un encendedor. En ese momento se produjo un forcejeo y Llanos le dio un puñetazo en el estómago a la mujer, le tiró de los pelos, la tomó del cuello y la arrojó sobre una cama.

A pesar de que la víctima le pidió al agresor que se fuera, este se negó y la persiguió dentro y fuera de la casa, arrastrándola mientras le prendería fuego su hogar. Todo concluyó cuando un vecino alertó a la policía.

Este expediente también se resolvió por la vía de un juicio abreviado, convenido entre la fiscala Verónica Ferrero, el defensor particular Gastón Gómez y el acusado, quien admitió su culpabilidad, y deberá cumplir obligatoriamente con una serie de reglas de conducta por dos años; entre ellas no acercarse ni contactarse con la víctima y efectuar un tratamiento psicológico.  La damnificada prestó su consentimiento al acuerdo.

EN SANTA ROSA I

Por último, el propio Chapalcaz condenó a Fernando Darío Bedis Montenegro a seis meses de prisión de ejecución condicional como autor del delito de amenazas simples, en el marco de violencia de género, según los parámetros de la ley 26485.

En este caso la sentencia también fue dictada a partir de un abreviado que convinieron el fiscal Marcos Hernán Sacco, la defensora oficial Silvia Mariel Annecchini y el imputado, un comerciante de 47 años que deberá cumplir durante dos años con reglas de conducta (fijar residencia, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras, no acercarse ni contactarse con la víctima –quien avaló el acuerdo– y realizar un tratamiento psicológico).

¿Cuáles fueron los hechos? Hace poco más de un mes, Bedis Montenegro fue hasta la casa de su madre y comenzó a golpear la puerta «en aparente estado de ebriedad» y a proferir insultos y amenazas, como «te voy a matar, te voy a sacar muerta de ahí adentro». Minutos después, el imputado volvió a decirle a su madre, «de manera violenta que se vaya del domicilio o que la mataría».​

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