La Pampa adhirió a la Ley N° 27.539 – Cupo Femenino y Acceso de Artistas Mujeres y Personas de Identidad de Género Autopercibida a Eventos Musicales, recordó la secretaria de Cultura de La Pampa.
La norma rige sobre los eventos de música en vivo que programen un mínimo de tres agrupaciones musicales o solistas nacionales, para presentarse en conciertos, festivales y ciclos, públicos y privados, con o sin fines de lucro, en formato presencial, televisado o vía streaming en cualquier plataforma.
Quienes organizan o producen los eventos de música en vivo, tienen la obligación de presentar ante el INAMU la Declaración Jurada dentro de los 90 días previos a la realización del espectáculo o dentro de los cinco días posteriores a la puesta a la venta de las entradas.
Para enviar una DD.JJ deberán completar el formulario disponible en este enlace
Para denunciar irregularidades sobre el cumplimiento del cupo en un evento musical alcanzado por la Ley de Cupo podrá hacerse (de manera anónima),se podrá ingrasar al formulario disponible en este link
Los interesados podrán acceder a mayor información ingresando a la página web del Instituto Nacional de la Música www.inamu.musica.ar.