jueves 28, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

El TIP confirmó una condena por estafa a un policía de General Pico

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El Tribunal de Impugnación Penal confirmó la condena por estafa contra un policía, al no hacer lugar al recurso de impugnación. De esta manera, los jueces de la Sala A, Pablo Balaguer y Mauricio Piombi, ratificaron el fallo del juez de audiencia de General Pico, Marcelo Pagano.





¿Cuál fue el hecho probado? El sargento Gastón Ariel Corbalán concurrió una noche a la vivienda de una mujer que estaba bajo arresto domiciliario y, a pedido suyo, ella y su hermana le entregaron cuatro cuchillos. De acuerdo al fallo de Pagano, ahora ratificado por el TIP, el imputado, “para logar el desapoderamiento, indujo a error a la denunciante utilizando su posición de policía, ante una mujer que se encontraba en prisión domiciliaria (…), bajo el falso argumento de que frente a la ausencia temporal del jefe se encontraba a cargo de la comisaría y, por ende, había sido comisionado por el fiscal general Armando Agüero para llevar adelante la investigación sobre un ilícito, en virtud de lo cual le solicitó la entrega de los cuchillos”.

Sin embargo, el propio jefe de la comisaría lo desmintió en el juicio oral. Afirmó que no existió una orden de su parte ni de la fiscalía para el secuestro, que Corbalán –de 39 años– no estuvo a cargo de la comisaría, que esa no es la forma en que habitualmente se procede en una investigación y que los cuchillos fueron encontrados en la casa del condenado. Agüero, al declarar también como testigo, ratificó esos dichos y agregó que si hubiese ordenado esa diligencia, habría emitido una orden de allanamiento y secuestro.

El defensor particular, Gastón Eduardo Gómez, impugnó esa sentencia ante el TIP, y solicitó su absolución –o que eventualmente reciba la pena mínima de un mes de prisión en suspenso– y añadió que ante la falta de certezas sobre el hecho merecía el beneficio de la duda. Pagano lo condenó a seis meses de prisión en suspenso por el delito de estafa simple.

El argumento defensivo fue que Corbalán en ningún momento utilizó su posición de policía para llevarse los cuchillos, que la estafa es un delito doloso y por lo tanto la sustracción debió ser para obtener un rédito económico, y que el imputado no obtuvo ningún beneficio. Y agregó que el sargento tiene “una carrera y una conducta intachable” y que no la arriesgaría por un hecho así.

En definitiva, Gómez indicó que se trató de “un error humano de un policía que se ha desempeñado con excelencia en sus funciones”, por lo que consideró a la sentencia “abusiva y excesiva”.

“Inaceptable”.

Balaguer, autor del voto inicial, y Piombi, que adhirió a él, expresaron que la fiscala María Verónica Campo, en los alegatos, enfatizó en que Corbalán –con 20 años de antigüedad en la fuerza– conocía cómo llevar adelante un secuestro; por lo que consideró “inaceptable” el argumento del error.

Además destacaron el testimonio del comisario, negando los dichos del imputado, y por ello rechazaron los argumentos de Gómez.  “El juez valoró correctamente la prueba producida en el debate para arribar a la condena”, afirmaron.

Con respecto al cuestionamiento a la pena, el TIP dijo que Pagano consideró como una circunstancia agravante la calidad de policía de Corbalán, “ya que la sociedad esperaba de él, el cumplimiento de la ley  y no su quebrantamiento”. Por eso fue que se apartó del mínimo legal de un mes.

El juez, al establecer la pena, dio sus fundamentos, por lo que “la crítica efectuada por la defensa no es suficiente para desmerecer sus argumentos”, concluyó el Tribunal.​

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