jueves 28, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

General Pico: Pastor condenado nuevamente por ruidos molestos tendrá que pagar $ 71 mil

Compartir
Twittear
Compartir
Telegram

El juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard, condenó al pastor Esteban Eduardo Cabrera, de 48 años, por ser autor de la infracción contemplada en el artículo 97, inciso 1°, del Código Contravencional (ruidos molestos); a la pena de 39 días multa, equivalente a 71.760 pesos.





La sentencia fue dictada como consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado solicitado por el fiscal Francisco Cuenca, el defensor particular Mariano Sánchez y el propio imputado, quien admitió su culpabilidad.

Los hechos probados tuvieron como damnificados a tres vecinos de la Iglesia «La Hermosa», ubicada en calle 31 y 106 de General Pico, y a Cabrera se le imputó «haber provocado molestias públicas innecesarias, al reproducir música a alto volumen, y realizar ruidos con aparatos musicales, sonoros y eléctricos en reiteradas ocasiones». Fueron 17 veces en 14 días y en diferentes horarios.

En el abreviado las partes tuvieron en consideración que Cabrera había sido condenado, por el mismo motivo, el 2 de septiembre del año pasado. Por eso Boga Doyhenard lo declaró reincidente.

Además, en la parte resolutiva de la sentencia, el magistrado amonestó al pastor y lo exhortó a que «hechos de esta naturaleza no vuelvan a repetirse»; debiendo asumir «el compromiso de instruir a la feligresía y a los demás dirigentes de la Asamblea para evitar la generación de ruidos molestos y la contaminación acústica en el vecindario y, en caso de que exista algún tipo de reclamo, buscar todas las alternativas para solucionarlo».

Más adelante, le impuso las siguientes sanciones y cumplimiento de reglas de conducta: a) prohibición en la Iglesia «La Hermosa» de usar elementos de percusión, altoparlante, micrófonos, baterías, amplificadores y cualquier tipo de instrumentos musicales; así como elementos electrónicos para amplificar los sonidos, por el plazo de seis meses; contados desde que se aprueben judicialmente las modificaciones para insonorizacion ordenadas en la condena anterior; b) abstenerse de realizar ensayos musicales y/o asambleas con instrumentos musicales y amplificación de sonidos, durante los horarios de descanso (de lunes a domingo de 13 a 16 y de 21 a 9).

Finalmente, Boya Doyhenard ordenó el decomiso de una serie de objetos que deberán ser entregados para su uso a los talleres gratuitos de música e instrumentos que se dictan en el Centro Cultural Maracó (una potencia, un micrófono inalámbrico, una batería de cuatro cuerpos, un redoblante, cinco parlantes, un pedal del bombo y un estabilizador). El resto de las cosas secuestradas le serán devueltas al condenado (una consola, un teclado, dos congas, tres platillos, etc.).

Compartir
Twittear
Compartir
Telegram

Deja tu comentario!