Alan Nahuel Zuzic (23) y Diego Ezequiel Fochesatto (34) fueron condenados el jueves por ser coautores del delito de estafa. Tras firmar un juicio abreviado, se les dictó una pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional.
La sentencia se conoció -el jueves- tras una audiencia que presidió el juez de Control, Carlos René Ordas. En representación del Ministerio Público Fiscal intervino Guillermo sancho y el defensor oficial fue Pablo Andrés De Biasi, publicó el diario La Arena.
«Se le imputa a los señores Diego Ezequiel Fochesatto y Alan Nahuel Zuzic, consistente en haberse comunicado telefónicamente aproximadamente a las 05:45 horas del día 10 de mayo, haciéndose pasar por el hijo del mencionado, quien le aduce que había sufrido un robo en su casa y que necesitaba dinero. Que debía dejar en una bolsa en el cesto de basura de la vereda, dejando una bolsa con $ 15.000 y US$ 3.000 en la falsa creencia de que se lo había requerido su hijo, pasando uno de los imputados -Forchesatto- a retirar la bolsa por el lugar, dándose luego a la fuga en el vehículo Peugeot 3008 conducido por Zuzic», indica el fallo sobre el hecho imputado.
El magistrado homologó el acuerdo de juicio abreviado. De esta manera, ambos fueron declarados autores materiales y penalmente responsables del delito de Estafa, por lo que se les impuso una pena a ocho meses de prisión de ejecución condicional.
Con respecto al vehículo secuestrado, fue decomisado y puesto a disposición del Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia de La Pampa, «haciéndole saber a dicha institución que conforme surge del Registro de la Propiedad Automotor se encuentra con una prenda dicho vehículo».
A los sentenciados se les devolvió diez mil pesos que habían sido incautados, pero que no tenían relación con el hecho investigado.
«Habiendo renunciado todas las partes a los términos procesales, la presente sentencia ha quedado firme y no habiendo pedido medidas de coerción y habiéndose dictado una pena de ejecución condicional, en este acto se ordena la inmediata libertad de Alan Nahuel Zuzic y de Diego Ezequiel Fochesatto, librándose por Oficina Judicial el respectivo oficio», agrega el fallo.