El juez Marcelo Luis Pagano, de la Segunda Circunscripción Judicial, absolvió a un trabajador de la construcción domiciliado en Eduardo Castex -pero nacido en Telén-, que estaba acusado de «abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente, y amenaza simple en concurso real (art. 119 primer y último párrafo, en relación al cuarto párrafo inciso f), 149 bis primer párrafo, primer supuesto, y 55 del CP)».
La fiscal actuante en el juicio fue la doctora Ivana Soledad Hernández, y en la defensa del acusado actuó el defensor particular Benjamín Eugenio Ortiz.
El juez Pagano adoptó esa resolución en razón que en el alegato de clausura la fiscal «no ha sostenido la acusación inicial por la que fue traído a proceso el acusado, solicitando en cambio su absolución -por aplicación del ‘indubio pro reo’-, pedido al que adhirió la defensa. Por lo tanto corresponde sin más absolver» al imputado, indicó el magistrado.
LA IMPUTACIÓN.
En el alegato de apertura la fiscal describió los hechos enrostrados al acusado, señalando que sin poder precisar días ni horarios exactos, había manoseado las partes íntimas del menor (hijo de su ex pareja), y de 17 años en la actualidad, en más de una oportunidad.
El primer hecho habría ocurrido cuando el menor tenía aproximadamente 9 o 10 años, en el momento en que iban a trabajar a un campo en cercanía de la localidad de Rancul, oportunidad en la cual el imputado lo habría tocado varias veces, «y como el menor se resistió lo agredió físicamente. Asimismo con posterioridad, en el momento en que se encontraban trabajando en el campo, le habría solicitado que le practicara sexo oral, intentando tocarle la cola, ante lo cual el menor se resistió y nuevamente fue agredido físicamente».
«Luego, la última situación fue cuando el chico tenía 13 años aproximadamente, y mientras estaban realizando trabajos de la construcción en un inmueble en la localidad de Trenel».