A través del procedimiento de juicio abreviado, el juez de control de Victorica, Carlos Espínola, condenó a Franco Martín Ochoa a un año y seis meses de prisión en suspenso, por ser autor de un hurto agravado por el uso de la llave verdadera sustraída, como delito continuado.
Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, el magistrado dio por probado que, entre el 24 de febrero y el 16 de marzo de este año, el acusado sustrajo 2.100.000 pesos del interior de la caja de seguridad del supermercado «La Faraón», ubicado en aquella localidad.
Ochoa, de 25 años, cometió el hurto a través del apoderamiento de «montos de dinero menores, en cantidades variadas, en diversos días y en horarios en los cuales no había otros empleados trabajando; y valiéndose en cada oportunidad de la llave original para abrir la caja, siendo tal llave previamente sustraída de su lugar de ocultamiento en el interior de un cajón al fondo de una de las cajas registradoras del local», según detalla la sentencia.
El abreviado fue convenido entre el fiscal Juan Cupayolo, la defensora oficial Mariana Zabala y el propio imputado, quien admitió su culpabilidad. Además se dispuso que Ochoa deberá cumplir con las siguientes reglas de conducta durante dos años, ya que sino la pena podría pasar a ser de cumplimiento efectivo: fijar residencia, debiéndose presentar ante el Juzgado de Paz de Telén una vez cada tres meses; someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal; abstenerse de concurrir al supermercado y de relacionarse con su propietario y su núcleo familiar; y «adoptar oficio, arte, industria o profesión, adecuado a su capacidad».
«El hecho quedó debidamente probado al incorporarse como pruebas de cargo, la declaración del denunciante; los videos de las cámaras de ubicadas dentro del local; y el propio reconocimiento del imputado al momento de suscribir el acuerdo», indicó Espínola.
«Resultó claro que el acusado, en distintas oportunidades y aprovechando la circunstancia de tener conocimiento del lugar donde se guardaba la llave de la caja fuerte, la sacaba de su lugar de resguardo para utilizarla y abrir la caja fuerte, y así extraer importantes sumas de dinero de la recaudación de ventas del local comercial donde Ochoa trabajaba y era personal de confianza» del propietario del local comercial, agregó.
El magistrado sostuvo que «existió un apoderamiento ilegitimo del dinero (…) aprovechando la situación de confianza de la que gozaba (…), sabiendo el lugar donde el propietario guardaba la llave de la caja de seguridad. Así, utilizando la llave verdadera, sin conocimiento ni autorización (del dueño del supermercado), en distintas oportunidades y cuando se encontraba solo, pensando que no podía ser descubierto, se dirigía a la caja de seguridad para extraer el dinero producto de las ventas del comercio».