Para los fiscales que intervienen en el juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa y para los abogados de la familia del joven asesinado, las pruebas de que los ocho acusados idearon y ejecutaron un plan para matarlo estaban claras desde antes de la primera audiencia en la ciudad de Dolores, y las trece jornadas de testimonios desarrolladas hasta el último miércoles reforzaron esa idea, que según fuentes cercanas a la causa será el eje de los alegatos finales que presentarán el próximo 25 de enero, con el pedido de prisión perpetua para todos ellos.
La defensa de los imputados, en tanto, sostuvo desde la apertura del proceso que la acusación no lograría probar los hechos imputados, y tras haber finalizado la etapa de recepción de prueba insistirá sobre ese punto cuando sea su turno de alegar el jueves 26 próximo.
Puntualmente, la defensa intentará convencer a los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal 1 de que no pudo acreditarse la existencia de un pacto homicida, que tampoco se probó la alevosía y que no todos los acusados intervinieron en la agresión sufrida por el joven estudiante de derecho la madrugada del 18 de enero de 2020 en la puerta del boliche «Le Brique» de Villa Gesell.
Los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García serán los primeros en presentar su alegato y luego lo harán los abogados Fernando Burlando, Fabián Améndola y Facundo Améndola, en calidad de particular damnificado, y en ambos casos insistirán con la acusación original hacia los ocho imputados por el delito de «homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas», que prevé una pena de prisión perpetua.
Se prevé que coincidan en la imputación de los rugbiers como «coautores funcionales», y en caso de que no sea así deberán determinar quiénes fueron autores y el grado eventual de participación del resto.
El jueves será el turno de Hugo Tomei, a cargo de la defensa de los acusados desde el inicio del caso, cuyo objetivo será la absolución de todos ellos y de manera subsidiaria refutar la acusación y apuntar hacia un escenario de «homicidio en riña o agresión», según se desprende de su actuación a lo largo del juicio.
Finalizada la instancia de alegatos, los acusados Máximo Thomsen (23), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), y Luciano (21), Ciro (22) y Lucas Pertossi (23) tendrán la posibilidad de decir sus últimas palabras ante el tribunal.
Luego, los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lazzari anunciarán la fecha en que darán a conocer la sentencia, que podría ser el 30 o 31 de enero.
Las estrategias de las partes asomaron desde el inicio del juicio el último 2 de enero, y a medida que avanzaron las audiencias quedaron a la vista más elementos.
Los fiscales señalaron en la apertura del debate que se lograría acreditar el homicidio doblemente agravado y, tras 13 jornadas en las que declararon 87 testigos, consideraron que sin «ninguna duda» quedó «probada la materialidad del hecho junto con la calificación».
En la misma línea, los abogados que representan a Silvino Báez y Graciela Sosa, padres de la víctima, consideraron probado que «los acusados tomaron la decisión de matar y mataron».
Fiscalía y particular damnificado coinciden con la fiscal Verónica Zamboni, que llevó adelante la investigación, en que entre 4.41 y las 5 del día del 18 de enero de 2020 los acusados «acordaron darle muerte a Fernando Báez Sosa, para lo cual previamente distribuyeron funcionalmente sus roles», tras un incidente mantenido previamente con la víctima y sus amigos dentro del boliche «Le Brique», en pleno centro de Gesell.
Si bien el defensor no adelantó cuál será el eje de su alegato, su estrategia asomó sobre todo en las declaraciones de los imputados durante la última semana de audiencias: a su modo, todos ellos negaron que hubiera existido un plan y la intención de matar a alguien y hablaron de una pelea en la que algunos de ellos habrían intervenido una vez iniciada, y borrachos.
«Jamás en la vida tuve intención de matar a nadie, porque vengo escuchando todos los días que yo organicé, que soy líder», declaró en ese sentido Thomsen, y dijo además que solo reaccionó «tirando patadas» ante una «piña en el rostro» que aseguró haber recibido tras su expulsión del boliche.
En la misma línea declaró Ciro Pertossi, quien dijo que evitó patear a Fernando cuando advirtió que estaba inconsciente, mientras que su primo Lucas Pertossi aseguró que en «en ningún momento» tuvo «intención de matar a nadie», que no le pegó a la víctima y que vio que a un amigo suyo «lo estaban agarrando del pie y tirando al piso», por lo que pegó «dos patadas» a otra persona.
Cinalli, último en declarar, expresó en tanto que «no hubo ningún plan, no hubo planificación, no hubo ningún rol».
A partir de estos elementos, Tomei podría pedir que el hecho sea configurado como un «homicidio en riña o agresión», que de acuerdo al Artículo 95 del Código Penal aplica a un ataque de dos o más personas a alguien que fallece, sin que conste quién le produjo la muerte, por lo que «se tendrá por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona».
Este delito prevé una pena de dos a seis años de prisión para aquellos identificados como agresores, posición en la que, de acuerdo a los testimonios brindados durante el juicio, a los videos exhibidos y las pericias de ADN realizadas, se ubicarían Thomsen, Comelli, Cinalli, Benicelli y Luciano y Ciro Pertossi.
El defensor podría argumentar en este sentido que no se pudo acreditar con precisión que alguno de los golpes haya sido puntualmente el que mató a Fernando, en línea con los dos médicos forenses que cerraron la lista de testigos del juicio y cuestionaron el trabajo del médico que hizo la autopsia.
De manera alternativa, Tomei podría pedir que se contemple el «homicidio preterintencional», que aplica a quien «con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud, produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte», y prevé una pena de 1 a 3 años de prisión.
Otra opción podría ser que se contemple el «homicidio simple con dolo eventual», que según fuentes judiciales aplica a un agresor que «debió haberse representado que su acción podía causar la muerte», y pese a eso «continuó con su accionar y no hizo nada para evitarlo».
Este delito prevé una pena de 8 a 25 años, al igual que el «homicidio simple», aunque en este caso, de considerarse acreditado alguno de los agravantes la condena sería a perpetua para todos los alcanzados.
Tanto en el caso de las penas menores como en caso de que sean condenados por las «lesiones leves» por las que también están imputados, que prevén entre un mes y un año de cárcel, debe tenerse en cuenta que los acusados cumplen prisión preventiva desde el 14 de febrero de 2020.
(*) Por Alfredo Ves Losada (Télam)