Los jueces y juezas de control de la Tercera Circunscripción Judicial condenaron a tres hombres por los delitos de abuso sexual simple, suministro de material pornográfico, tenencia ilegítima de arma de fuego, daño, lesiones leves agravadas por el vínculo, amenazas simples y desobediencia judicial. Las tres causas se resolvieron a través de juicios abreviados y, en una de ellas, la pena de prisión fue de cumplimiento efectivo.
Walter Gustavo Fontán (23 años) recibió dos meses de prisión efectiva por el delito de daño –más la declaración reincidente–, al romper el vidrio central del portón principal de una agencia de autos en General Acha, con el fin de sustraer una camioneta Amarok que estaba a la venta y cuya llave se encontraba sobre el limpiaparabrisas. Al no poder darle arranque se retiró del lugar. Ello ocurrió en la madrugada del 31 de marzo pasado.
La sentencia fue dictada por la jueza de control achense, Laura Moscoso Mendieta, y el abreviado lo convinieron el fiscal Juan Bautista Méndez, el defensor oficial Marco Mezzasalma y el imputado. El damnificado, al ser informado de su alcance, indicó que ese mismo día hizo arreglar el vidrio y que no tenía interés en recuperar el dinero a través del acusado.
«Ojalá te mueras».
A su vez, su colega Diego Ariel Asin condenó a Miguel Ángel Salazar a seis meses de prisión en suspenso como autor de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo, amenazas simples y desobediencia judicial en cuatro oportunidades en concurso real; enmarcando los hechos en la ley 26485 de Protección Integral contra la Mujer.
El 18 de diciembre pasado Salazar (35 años) le pegó una trompada en la boca a su pareja, en la vivienda que comparten en General Acha, y le dijo «ojala que te mueras» y «te voy a matar, y pasar por arriba con el auto». A los 10 días, la jueza Alejandra Moscoso Mendieta le dictó una exclusión del hogar, incluyendo una prohibición de acercamiento y contacto con la víctima.
Sin embargo, entre fines de enero y febrero el acusado desobedeció cuatro veces esas medidas de protección. Dos tratando de contactarse con ella vía telefónicamente, una tercera al acercársele en un local bailable y la restante cuando ingresando a la vivienda de la víctima cuando se había ausentado temporariamente.
El abreviado fue acordado entre la fiscala María Virginia Antón, el defensor oficial Claudio Martínez Sabio y el acusado. Además a Salazar le fijaron reglas de conducta durante dos años: establecer residencia; someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras; abstenerse de modo absoluto de entrar en contacto con la víctima; no usar estupefacientes ni abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico.
Material pornográfico.
Por otro lado, en 25 de Mayo, la jueza de control Daniela Johana Martínez condenó José Acricio Gutiérrez a tres años de prisión de ejecución condicional por ser autor de los delitos de abuso sexual simple calificado y suministro de material pornográfico, como delito continuado, y tenencia ilegítima de arma de fuego, en perjuicio de dos niños y una niña. Los hechos se encuadraron en las leyes 26485 de Protección Integral a la Mujer y 26061 de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.
El abreviado lo presentaron la fiscala de esa ciudad, Eugenia Paola Bolzan, el defensor Diego Armando Araujo y el imputado, de 55 años. La progenitora de las víctimas también brindó su consentimiento.
Además a Gutiérrez se le impusieron pautas de conducta por tres años (fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, no concurrir al domicilio de la denunciante y sus hijos, abstenerse de modo absoluto de entrar en contacto con ellos y efectuar un tratamiento psicológico).
¿Cuáles fueron los hechos? Gutiérrez abusó de una niña de seis años mediante tocamientos y le dijo al hermanito de ella, de siete, que estaba viendo la escena, «no digas nada porque te corro a la calle». A su vez, en reiteradas ocasiones, le suministró a ambos y a un tercer hermano de nueve años, material pornográfico.
Con respecto al delito de tenencia ilegítima de arma de fuego, durante un allanamiento a su domicilio, se le secuestró una carabina Winchester sobre la que no tenía autorización para su tenencia, transporte ni portación.
Cabe recordar que en los procedimientos de juicio abreviado, una salida alternativa al conflicto penal, los jueces y juezas no pueden imponer sanciones más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.