En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de audiencia de juicio de General Pico, María José Gianinetto, condenó a un hombre de 32 años – que se encontraba prófugo de la justicia- como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por el aprovechamiento de la situación de la convivencia preexistente; a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.
El acuerdo fue presentado por la fiscal Andreina Montes, la defensora oficial María Soledad Forte y el imputado. Al momento de presentar el acuerdo, las partes dieron a conocer el convenio a la denunciante- madre de la damnificada- y a su hija, explicándoseles esta modalidad adoptada para finalizar el proceso, sus características y consecuencias jurídicas, así como el contenido del acuerdo, quienes manifestaron su conformidad.
Las pruebas incorporadas en el legajo permitieron comprobar que sin poder precisar fecha exacta, en el domicilio donde el imputado convivía junto a un familiar y la familia de la misma, éste tocó en sus partes íntimas e intentó acceder carnalmente, a una menor de 5 años de edad en ese momento.
Al momento de merituar la pena a imponer, la jueza expresó que «la judicatura se encuentra limitada por el pedido de pena solicitado en el acuerdo, tanto por los antecedentes jurisprudenciales como por lo establecido en el art. 377 C.P.P, y que el acuerdo de partes establece la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento, correspondiendo respetar dicha condena, que resulta el límite para el Tribunal».