El Gobierno provincial firmó el decreto a través del cual se exoneró de la Policía a los cinco efectivos condenados por sedición por el acuartelamiento llevado a cabo en diciembre de 2013. En algunos casos, se modificó la sanción de cesantía que se había aplicado previamente.
La novedad se dio a conocer en la última edición del Boletín Oficial, a través del Decreto Nº 3.578 con fecha del 10 de agosto del corriente año. En el artículo 1º, se «destituyó de la Policía de la Provincia con carácter de exoneración, a partir la fecha de su notificación, al Sargento Ayudante Carlos Aníbal Mendibe».
En el artículo siguiente, también se destituye «con carácter de exoneración» al Cabo Primero Fernando Alberto Rolhaiser. La misma decisión se tomó para el Cabo Primero Luis Horacio Bruno.
En el caso del ex agente Guillermo Julián Giménez, se modificó «la sanción de cesantía prevista en el artículo 1° del Decreto N° 2739/17 por el cual se diera de baja de las filas policiales, disponiendo la Destitución de la Policía de la Provincia con carácter de exoneración». En igual situación se encuentra el ex agente Diego Hernán López, que había sido cesanteado y ahora se dispuso su «destitución con carácter de exoneración».
En el artículo 6º se facultó al jefe de Policía, Daniel Guinchinau, a «disponer el pago de los haberes y licencias adeudadas, correspondientes a la fecha de baja, previa intervención del Departamento Personal de Jefatura de Policía, Departamento Ajustes y Liquidaciones y Contraloría Fiscal del Tribunal de Cuentas».
En los cinco casos, la decisión se fundamentó en las faltas previstas y sancionadas «por el artículo 63 incisos 1) y 7) de la Norma Jurídica de Facto N° 1034/80». Dicha normativa establece las «transgresiones que darán lugar a sanción de destitución con carácter de exoneración o separación de retiro, impuesta por resolución dictada en sumario administrativo». Los incisos citados, el primero y el séptimo, son: «Cometer insubordinación, provocarla o instigar a cometerla», y «todo otro acto que afecte gravemente el prestigio de la Institución o la dignidad del funcionario».
Condena.
Giménez, López, Rolhaiser, Bruno y Mendibe fueron hallados culpables de sedición por el acuartelamiento llevado a cabo en diciembre de 2013, cuando la provincia era gobernada por Oscar Mario Jorge. El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa había confirmado la condena en 2018. Luego de un último recurso, presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el jueves 5 de agosto de 2021 el máximo tribunal del país, con la firma de Carlos Rosenkrantz, Elena Highton y Ricardo Lorenzetti, desestimó la presentación, dejando firme la sentencia.
El acuartelamiento ocurrió el 11 de diciembre de 2013 por la noche y se extendió hasta los primeros minutos del viernes 13, al acordarse un aumento salarial. Policías en actividad y retirados se manifestaron en la plaza San Martín y luego marcharon hasta la Casa de Gobierno, donde se reunieron con funcionarios sin obtener una respuesta concreta. Finalmente, tomaron la Jefatura de Policía.
En la acusación contra los policías, el fiscal de la causa, Guillermo Sancho, hizo alusión a la desprotección ciudadana que habría provocado esa toma, a la que consideró «violenta y hostil». Una situación similar ocurrió con el Cecom, donde se reciben las llamadas de emergencias formuladas a través del 101 y en la Dirección de Comunicaciones, ubicada sobre la avenida Belgrano.
«El accionar violento tenía por finalidad arrancarle al Ejecutivo una serie de medidas que ellos peticionaban, el reemplazo del jefe y el subjefe, cuestiones relacionadas con adicionales, pasivas y otros puntos, esencialmente la cuestión salarial», agregó el fiscal. Y agregó que «Santa Rosa estuvo desprotegida. Una de las cosas más graves fue que tomaron el 101 y los operadores fueron obligados a no recibir llamadas, por lo cual durante la toma la sociedad no pudo comunicarse con los canales oficiales» que proporciona el sistema de seguridad. (Fotografía: archivo)