La Sala C del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) resolvió que la Municipalidad de Eduardo Castex tendrá que indemnizar a cuatro trabajadores despedidos de la ex Planta de Reciclado. Los fallos fueron emitidos en octubre del año pasado, y aún no fueron informados por el Departamento Ejecutivo Municipal al Concejo Deliberante y tampoco hubo acuerdos de pagos con los demandantes, para lo cual la comuna tiene un plazo de un año para efectivizar los desembolsos.
El municipio además tendrá que abonar el 75 por ciento de las costas procesales y los honorarios de los abogados Norma A. Saucedo y Carlos Alberto González, que actuaron como defensores.
Las sentencias tienen similares características, y en todos los casos la comuna tendrá que abonar el 100 por ciento de un mes de sueldo, tomando como base la mejor remuneración mensual, por cada año de antigüedad de los trabajadores despedidos -el 25 de junio de 2020- por la intendenta Mónica Curutchet.
Solamente varía a antigüedad de cada demandante: Cristian Fabián Coria trabajó entre 2012 y 2020, Carlos Lionel Orozco se desempeñó desde agosto de 2014 hasta 2020, Kevin Oscar Rodríguez permaneció en el puesto laboral desde marzo de 2011 y Miguel Angel Zabala inició sus tareas en abril de 2011.
Las sentencias fueron emitidas entre el 26 y el 31 de octubre, por la Sala C del máximo órgano de Justicia de La Pampa, que en ese momento estaban integrada por José Roberto Sappa (presidente) y Eduardo Fernández Mendía (vocal).
La comuna local fue condenada parcialmente, por los ministros rechazaron el pedido de nulidad de las de las resoluciones municipales que determinar el cese de los contratos de los ex trabajadores de la Planta de Reciclado, y por consiguiente también quedó desechado el pedido de incorporación a planta permanente que realizaron los cesanteados.
Conflicto laboral.
El municipio castense mediante resolución 251/20, del 25 de junio de 2020, puso fin a la relación laboral de varios trabajadores que se desempeñaban en la Planta de Tratamiento de Residuos Urbanos.
En plena pandemia, las autoridades locales comunicaron el vencimiento del contrato de trabajadores que habían sido considerados «esenciales». Los demandantes plantearon la violación de la prohibición de despidos que establecía el decreto nacional 329/20, pero como «tomaron» la planta ubicada en la zona suroeste de esta localidad, desde la comuna tuvieron argumentos para proceder a cortar el vínculo laboral.
Las diferencias entre los trabajadores y las autoridades municipales se extendió varias semanas, e incluso se trasladó a las calles céntricas, donde los despedidos llevaron sus «batucadas» y «panfleteadas» para argumentar que las diferencias se iniciaron porque la comuna no mejoraba sus condiciones laborales y salariales.
Indemnización y costas.
El STJ reconoció una indemnización a favor de los trabajadores y la comuna les tendrá que abonar «el 100 por ciento de un mes de sueldo, tomando como base la mejorar remuneración mensual, por cada año de antigüedad» de cada demandante. El perito contable determinará el monto de indemnización con ajuste, donde para el cálculo de los intereses se deberá aplicar la tasa mix o tasa de uso judicial.
También la comuna tendrá que abonar el 75 % de las costas procesales, y el 25 % lo tendrá que afrontar la parte actora también parcialmente vencida. Y las costas correspondientes al perito contador -10 %- se imponen a cargo de la actora debido al desinterés manifestado por la parte demandada (conforme: art. 553, CPCC).
Además, por su actuación profesional en el proceso principal, se regularon los honorarios profesionales a los abogados Norma A. Saucedo y Carlos Alberto González, que actuaron como defensores de la comuna; y del abogado César Gustavo Massara, que defendió a los cuatros demandantes.