El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa declaró inadmisible el recurso extraordinario que presentó la martillera Daiana Virginia Domínguez en su lucha por revertir la decisión de una jueza que le impide asociarse a Re/Max, para que esa compañía internacional tenga una franquicia en la ciudad de Santa Rosa. Real Estate Maximums (Re/Max) es una inmobiliaria internacional, con origen en Estados Unidos, que opera en más de un centenar de países a través de un sistema de franquicia.
El litigio judicial involucra no solo a la agente de bienes raíces sino al Colegio de Martilleros y Corredores de Comercio de La Pampa, el cual se opone a la llegada de la franquicia a la provincia. Contra una resolución de esa entidad es que Domínguez presentó un amparo, pues la misma fue la que le impidió la posibilidad de traer a Re/Max, publicó el diario La Arena.
Una vez que el tema recaló en la Justicia, el Colegio obtuvo un fallo favorable de la jueza Marcia Catinari, el cual fue dictado en agosto de 2022. Esa sentencia fue apelada por Domínguez ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la ciudad, la cual rechazó ese recurso, con lo cual la martillera volvió a apelar, esta vez a través de un recurso extraordinario que llegó a la Sala A del STJ.
La profesional pretende que la Justicia declare la nulidad de la Resolución N° 004/2021 dictada en el expediente administrativo N° 02/2021 mediante la cual el Colegio de Martilleros denegó -para ella arbitrariamente- el uso del nombre de fantasía “Remax Pasión” que ella quería utilizar. La institución se opuso a la utilización de esa marca por considerar que “Re/Max” constituye la raíz de “Remax Argentina SRL y de Remax Internacional Inc.”, lo cual podría generar incertidumbre.
La jueza Catinari estimó que la coincidencia del nombre elegido con la razón social de personas ajenas al ejercicio del corretaje con matriculación local, además de estar prohibido reglamentariamente, resulta susceptible de generar confusión a quienes participan del tráfico de bienes como usuarios y corredores así como la comunidad en general, respecto a la identidad de quien ejerce la actividad profesional.
Para la magistrada, utilizar el nombre “Remax Pasión” provocaría que se omita o no se comprenda que es la martillera Daiana Domínguez quien de manera exclusiva y personal, sin asociarse a persona alguna, pretende ejercer el corretaje bajo el nombre de fantasía elegido. Al tomar el caso, apelación mediante, la Cámara rechazó la pretensión de la martillera y ratificó el fallo de primera instancia.
El STJ, a través de la sala integrada por el juez Fabricio Losi y su par Eduardo Fernández Mendía no se introdujo en el fondo de la cuestión, pues consideró que el recurso extraordinario presentado por la profesional, a través de su abogado, planteó los agravios con una “deficiente técnica formal” que no les dejó otra alternativa que el rechazo.
En su planteo, Domínguez había hecho la reserva de acudir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en caso de un fallo negativo del STJ.