El jueves 13 del corriente mes se conocerá a sentencia al jefe comunal de Rucanelo, Pablo Lázaro Muse. Hace unos días se realizó el debate por el juicio a Lázaro, quien está acusado de «peculado y uso de documento o certificado falso o adulterado, en concurso real y como delito continuado». El proceso judicial se corresponde con delitos denunciados en 2018 por el Tribunal de Cuentas.
El 9 de febrero de 2018 se presentó en la Unidad de Atención Primaria del Ministerio Público Fiscal Patricia Primucci, secretaria del Tribunal de Cuentas de La Pampa. La denuncia inicial era por el período de enero de 2017, por la presunta comisión de un delito de acción pública, por irregularidades detectadas en la rendición de cuentas.
El fiscal General de la IV Circunscripción Judicial, Armado Agüero, sostuvo, en el debate llevado a cabo el pasado jueves, que Pablo Emanuel Lázaro Muse, en su calidad de presidente de la Comisión de Fomento de Rucanelo mediante la utilización de facturas y comprobantes de pagos de servicios, sustrajo fondos bajo su administración. La suma investigada asciende a 3.465.769 pesos, que actualizada rondaría los 16 millones de pesos.
El juicio oral.
Según informaron desde el MPF, la causa derivó en un juicio oral que se realizó el pasado jueves. El fiscal Agüero expuso en debate una extensa carga probatoria, y puso en evidencia que además de las denuncias del Tribunal de Cuentas, durante el proceso se generaron unas 262 pruebas documentales. Asimismo, se conoció que fueron 266 las facturas duplicadas (truchas) en pagos de servicios y bienes.
Estas facturas se realizaban con talonario físico, no en la modalidad online que tiene la AFIP en la actualidad. Los contribuyentes desconocían que estaban facturando a su nombre. Hubo 37 testigos, de los cuales declararon sólo tres, ya que la defensa reconoció la prueba ofrecida por el fiscal Agüero.
¿Dos años en suspenso?
En su alegato de cierre, el fiscal Agüero pidió para Lázaro Muse la pena de «prisión en suspenso de dos años e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos. Además, reglas de conductas, como fijar domicilio y someterse al ente de políticas socializadoras».
Agüero argumentó que está probada la maniobra de truchar facturas para hacerse de ese dinero. «No importa el destino que se le dé a esos fondos -a esto ya lo reiteré en la causa del jefe comunal de Loventuel (Hugo Martínez): si es un fin social, obra pública o los bolsillos de funcionarios. Claro está que, si es el bolsillo, deberá afrontar también el delito de enriquecimiento ilícito. Lo que sí importa es que el delito fue truchar facturas para hacerse de esos fondos, maniobra que no está contemplada en las funciones de un jefe comunal si se rige por la Ley de Municipalidades y Comisiones de Fomento», sostuvo.
Agüero fue contundente al describir que el imputado -Lázaro Muse- era parte de la maniobra. «No sólo porque bajo su administración, percepción o custodia se cometían los delitos, sino, además, porque de las facturas truchas generó cheques que él mismo terminó endosando y cobrando en persona, según informó el propio Banco de La Pampa».
Absolución o peculado.
La defensora oficial María Soledad Trímboli argumentó que «todas las Comisiones de Fomento operan de la misma forma. Eran gastos que iban a la comuna y no está probado que haya retorno, porque los cheques eran cobrados por empresas proveedoras, como de combustible, artículos de limpieza o una productora de medios (de Santa Rosa), entre otras».
La abogada pidió que «si no prospera la absolución, se requiere peculado culposo», expresó. Asimismo, solicitó «la inconstitucionalidad de la inhabilitación perpetua».
Luego de escuchados los alegatos en la Sala de Audiencia N° 1, el Tribunal, conformado por los jueces María José Gianinetto, Carlos Federico Pelegrino y Marcelo Pagano fijó que dará a conocer la sentencia el próximo 13 de junio.