El Fuero de Familia de Cipolletti, Chubut, dio a conocer un importante fallo a favor de un nene de 8 años que solicitó cambiarse el apellido paterno por el de su padrastro al “no tener relación con él desde bebé”.
Según estableció el escrito que publicó el medio ADNSUR, el juez de Familia fundamentó su fallo en los derechos fundamentales del niño, sobre todo el derecho a la identidad y a un nombre que refleje su realidad familiar.
A su vez, se basó en el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación, que permite modificar el apellido cuando existen motivos justificados que afecten la personalidad del solicitante.
El caso llegó a la Justicia cuando la mamá informó que su hijo quería cambiarse el apellido porque “cuando es llamado por el apellido de su padre biológico durante los controles de asistencia escolar, experimenta crisis emocionales significativas”.
De esta manera, se llevó a cabo el proceso para que el niño modifique su apellido por el de su padrastro, pareja de su mamá desde sus cuatro años.
Un informe psicológico del Equipo Interdisciplinario del fuero de Familia indicó que el menor es consciente de dicha modificación y que decidió aceptarlo porque no tiene relación con su progenitor biológico desde los dieciocho meses.
Con la aprobación del padrastro, el juez ordenó la inmediata supresión del apellido paterno por el de la pareja de su mamá “asegurando así que el niño pueda llevar un nombre que refleje su identidad y su entorno familiar actual”.