En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Heber Pregno, condenó a Milagros Maidana, de 22 años, como autora material y penalmente responsable del delito de defraudación por administración infiel en calidad de autora; a la pena de un año de prisión de ejecución condicional.
Además le ordenó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta durante el plazo de dos años: fijar domicilio y no modificarlo sin previa autorización del Juez de Ejecución Penal y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje.
El acuerdo fue presentado por el fiscal general Armando Agüero y el fiscal Matias Juan, por la defensa lo hizo el letrado particular Juan Martín Cabanius junto a la imputada. La damnificada al ser informada sobre los alcances del acuerdo, prestó su conformidad.
Los hechos ocurrieron entre el mes de enero del año 2023 y mayo del 2024, cuando damnificada notó la baja en las ventas de su local comercial, detectando que los tickets emitidos a los clientes no correspondían con el Nº de posnet que se utilizaba en el local, es así que pudo observar mediante las cámaras de seguridad, que Maidana- empleada del local comercial- realizaba el cambio de las unidades de cobro (Posnet), antes de que los clientes abonaran, logrando de esta manera que el dinero ingresara a su cuenta personal.
De este modo desapoderó a la empresa en la que trabajaba, de la suma total de pesos $35.467.075 y $112.800; mediante la utilización de dos posnet personales pertenecientes a la empresa Mercado Pago.
Respecto de la pena acordada, el juez consideró que son las que se deben aplicar, «habida cuenta las pautas establecidas por los arts. 40 y 41 del C.P. Asimismo, en cuanto a la imposición de penas, el acuerdo de las partes es un límite infranqueable y ajeno a cualquier injerencia del juez «.