La calificadora de riesgo Standar & Poors colocó hoy en situación de «default selectivo» a la deuda argentina, tras la decisión del gobierno de reperfilar los vencimientos de los compromiso de corto y mediano plazo.
«Como consecuencia de la sostenida imposibilidad para ubicar títulos de corto plazo con inversores del sector privado, el gobierno argentino extendió unilateralmente los vencimientos de todos los papeles de corto plazo el 28 de agosto», explicó la calificadora en un comunicado sobre la decisión del Ministerio de Hacienda de reprogramar los vencimientos de Letes, Lecap, Lecer y Lelinks.
«Esto constituye default bajo nuestro criterio», consideró S&P y agregó: «En particular para las entidades calificadas como ´B-´, la extensión de los plazos de pago de la deuda corto plazo sin una compensación constituye un default».
«Las mayores vulnerabilidades del perfil crediticio de Argentina provienen del entorno financiero que se deteriora rápidamente», afirmó en el comunicado.
Según agencias internacionales, S&P advirtió sobre «la falta de confianza en los mercados financieros acerca de las iniciativas políticas bajo la próxima administración y la incapacidad del Tesoro de quedarse corto a largo plazo con el sector privado».
Para el mercado, era una determinación esperable, y ello se expuso durante este miércoles en precios de algunos bonos. Fue una jornada marcada por un nuevo golpe a las acciones que se hundieron hasta 13%.Mientras que el riesgo país saltó casi 10% al panel líder de Bolsas y Mercados Argentinos (BYMA) se hundió a 24.046 unidades. En tanto, los títulos públicos, que operaron con gran volatilidad intradiaria, se desplomaron hasta 12%, después de que el Gobierno iniciara el camino para reestructurar la deuda con inversores y el FMI.
Hace apenas 15 días S&P había rebajado la nota un escalón de «B» a «-B», ya que sostuvo «ha debilitado significativamente el ya vulnerable perfil financiero del soberano». Mientras que al mismo tiempo Fitch la recortó dos escalones desde «B» hasta «CCC», una categoría que indica hay posibilidades de un default.
Los anuncios que provocaron la baja de calificación
El anuncio de extensión de los plazos de pago de la deuda de corto plazo adelantado este miércoles por el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza, entró en vigencia este jueves con la publicación de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el Boletín Oficial.
La norma extiende por un plazo de 180 días -para las personas jurídicas- los vencimientos de las Letras del Tesoro en pesos (Letes), los títulos atados a la evolución del dólar (Lelink), los ajustadas por el coeficiente de estabilización de referencia (CER) y las letras capitalizables (Lecaps).
El decreto aclaró que la postergación dispuesta no alcanzará a las Letras cuyos tenedores registrados al 31 de julio de 2019 en la Caja de Valores sean personas humanas, que los conserven bajo su titularidad a la fecha de pago.
También precisó que la extensión de plazos dispuesta no interrumpirá el devengamiento de los intereses establecidos en los términos y condiciones originales.
En caso de que dicha tasa sea variable, se continuará aplicando la misma metodología prevista en las condiciones originales según cada título de deuda.
Para las personas jurídicas, la medida precisó que las obligaciones de pago correspondientes a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo, se cancelará el 15% del monto adeudado en las respectivas fechas de vencimiento previstas en los términos y condiciones originales.
A los 90 días corridos del pago anterior se abonará el 25% del monto adeudado a la fecha del pago previsto, más el interés devengado sobre el saldo de dicho monto, neto del pago efectuado.
El decreto señaló, asimismo, que el saldo remanente se cancelará a los 180 días corridos del pago previsto originalmente.
Puntualizó, sin embargo, que exclusivamente en el caso de las Lecaps que tengan vencimiento a partir del 1° de enero de 2020, el pago del saldo remanente luego del primer pago previsto en su fecha original será atendido íntegramente a los 90 días corridos de dicho pago.