El gobierno provincial acordó con los dirigentes de los gremios UPCN, ATE y SITRASAP las pautas generales para hacer efectivo el ingreso por Artículo 5° de la Ley 1279, en base a las vacantes que se generen a partir de la fecha de homologación del acta acuerdo firmado en la sede de la Secretaria de Trabajo, para todo profesional/técnico contratado bajo el régimen establecido por la Ley 1.420.
En el encuentro participaron el secretario de Trabajo, Marcelo Pedehontaá y el subsecretario de Salud, Gustavo Vera, en representación del gobierno provincial; mientras que por los gremios asistieron Roxana Rechimont y Liliana Rechimont (ATE), Fernando Baigorria (Sitrasap) y Emiliano Balcarcel, Daniela Fernández y Marcela Baez (UPCN).
Los representantes del gobierno resaltaron la importancia que tiene la Ley 1.420 para el sistema de salud de nuestra provincia, destacando la validez que establece en su articulado para la contratación de profesionales y técnicos.
Asimismo, pusieron de relieve la decisión política del gobernador Sergio Ziliotto, de ofrecer alternativas para los trabajadores que estando bajo este régimen quisieran pasar a la Ley 1.279.
En este sentido el subsecretario de Salud, Gustavo Vera, expresó que «por decisión del gobernador Sergio Ziliotto, se avanzó en la firma de este acuerdo para dar respuesta al pedido de los trabajadores y las trabajadoras”. “Los ingresos a la ley 1279 se harán de modo progresivo, dando prioridad a aquellos trabajadores con mayor antigüedad, que reúnan las condiciones necesarias”, agregó.
«Una vez más nuestro gobernador escuchó el pedido de las trabajadoras y los trabajadores, y es a través de la firma de este acuerdo que quedan sentadas las bases que garantizan la igualdad de oportunidades para todos los trabajadores de salud», dijo Vera.
TÉRMINOS DEL ACUERDO
Establece que el ministerio de Salud fijará las prioridades y necesidades del sistema, disponiendo que, de este modo, profesionales y técnicos contratados por el régimen establecido en la ley 1420 pasarán a formar parte de modo progresivo, de la ley 1279, definiendo como criterios de selección para la adjudicación de la vacante: lugar donde se produjo dicha vacante, zona sanitaria y fecha en que fueron contratados.