viernes 29, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Albañil condenado a prisión en suspenso por abusar de la nieta de su pareja

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La jueza de control santarroseña, María Florencia Maza, condenó hoy a un albañil de 58 años a tres años de suspenso, por ser autor del delito abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechándose de la situación de convivencia preexistente con la misma como delito continuado; el cual debe ser valorado en el marco de la leyes 26485 de Protección Integral a las Mujeres y 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. La víctima fue la nieta de su pareja.





En el legajo quedó probado que, el año pasado, en la casa que el imputado compartía con el grupo familiar (la madre y los hermanos de la damnificada), por ser pareja de la abuela de la menor, le realizó tocamientos en varias oportunidades. Una vez fue durante un cumpleaños, cuando los invitados se habían retirado de la vivienda, y otra en los primeros días de diciembre.

El fallo de Maza fue como consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado suscripto entre el fiscal Walter Antonio Martos, el defensor oficial Martín García Ongaro, el imputado y la asesora de Menores, María Gabriela Manera. También dio su consentimiento la progenitora de la niña, cuando fue notificada de los alcances del acuerdo.

La jueza tuvo en cuenta, entre otras pruebas, la denuncia de la madre, la declaración de la víctima y una hermana en Cámara Gesell, los informes de la psicóloga forense y el examen mental obligatorio practicado al acusado.

Además le impuso a este el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta durante tres años,  bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la condena en caso de incumplirlas: fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin autorización de la autoridad judicial; someterse al cuidado y contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal, adonde deberá comparecer del 1 al 5 de cada mes; y no entrar en contacto con la menor y su grupo familiar, ni acercarse a menos de 200 metros del lugar donde estén esas personas ni de su domicilio.

Finalmente, en la parte resolutiva de la sentencia, Maza dispuso que una vez que quede firme, se libre un oficio a la Procuración General para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 5° de la ley 2547 de Registro de procedimiento y notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual.

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