sábado 5, abril, 2025, Eduardo Castex, La Pampa

Planco

Tres condenas “en suspenso” por violencia de género

Compartir
Twittear
Compartir
Telegram
Dyn314.jpg

Un jornalero de 27 años fue condenado a un año y seis meses de prisión en suspenso, por ser autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja en dos oportunidades; lesiones leves calificadas por el vínculo –respecto de su descendiente– y amenazas con arma en dos oportunidades, en concurso real; todo lo cual debe valorarse en el marco de las leyes 26.485 de Protección Integral a las Mujeres y 26.061 de Protección integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. 

Los hechos ocurrieron hace dos meses, el 4 de agosto a la mañana, cuando el acusado se encontraba con su pareja en la vivienda familiar y «comenzó a increparla, tomándola del cuello y retorciéndole una mano», según puede leerse en la sentencia. Luego ella se retiró del domicilio junto a sus hijos y «al regresar, con intenciones de bañarse para ir a la Iglesia, el acusado le dio dos golpes en el rostro».

«Tras ese episodio, y al observar que el agresor cortó la luz de la casa y tomó un cuchillo, la víctima se encerró en una habitación junto a sus hijos, trabando la puerta con un mueble y durmiendo sobre él para evitar que su pareja ingresara», añade la resolución.

Al otro día, el imputado se fue a trabajar y la mujer, junto a los menores, a la casa de su madre. A la hora de la siesta, el acusado concurrió hasta allí, entró por el garaje,  tomó del cuello a la víctima y le puso un cuchillo en el tórax. En esas circunstancias, los padres del agresor y la madre de la mujer intervinieron y lograron quitarle el arma.

Por otra parte, al jornalero también lo condenaron por dos hechos anteriores. Uno sucedió en los primeros días de abril, cuando tomó del cuello a un hijo pequeño –estaba peleando con su hermanito–, levantándolo del piso y apoyándolo contra la pared. Allí intervino la madre para que lo soltara porque lo estaba asfixiando. El menor sufrió lesiones leves en la zona cervical.

El segundo episodio de amenazas se produjo en el invierno del año pasado, cuando esperó a su pareja en la casa que compartían «con una carabina calibre 22 sobre la mesa». Ante ello, la mujer «huyó con sus hijos hacia una vivienda deshabitada, ubicada enfrente, mientras el imputado realizaba un disparo al aire con intenciones de atemorizarla. Luego de amedrentarla, la persiguió, la tomó de los cabellos y del cuello, mientras uno de los niños pedía ayuda a gritos». Ahí se presentó el padre del agresor y logró detenerlo.

El fallo fue dictado por el juez de control de Santa Rosa, Carlos Matías Chapalcaz, a partir de un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Cristian Casais, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el propio imputado. También la víctima, en nombre suyo y de su hijo, dio su conformidad.

«No debe escapar al análisis (…), el claro contexto de violencia y agresión padecido por las víctimas, el cual se desprende de la nota manuscrita por el imputado, los mensajes de texto, las fotografías y, en particular, las declaraciones prestadas por el padre del imputado y la madre de la víctima; quienes no solo fueron testigos presenciales del hecho sucedido el día 5, sino que además dijeron que ese no había sido el único».

El padre del acusado afirmó que «no es la primera vez que ocurre un hecho de esas características, ya que en otras dos ocasiones vivieron situaciones de violencia similares»; mientras que la madre de la mujer señaló que «no es la primera vez que ocurre un hecho así, ya que él es una persona violenta tanto con mi hija como con mis nietos, pues así como golpea a ella también le pega a sus hijos».

Chapalcaz le impuso al acusado la obligación de cumplir con las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: a) fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin consentimiento de un juez; b) someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal; c) prohibición absoluta de relacionarse de modo alguno con la víctima y su hijo; y d) iniciar tratamiento psicológico hasta la obtención del alta médica o el vencimiento de estas reglas.

SEIS MESES

Un albañil de 23 años, Franco Maximiliano García Raeburn, fue condenado a seis meses de prisión en suspenso por resultar autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con amenazas simples, hechos que deben ser valorados en el contexto de la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.

El conflicto penal fue resuelto por la vía de un juicio abreviado presentado, de manera conjunta, por el fiscal Walter Martos, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el propio imputado. La sentencia fue dictada por la jueza de control santarroseña, María Florencia Maza, y la víctima, al ser notificada del acuerdo, también prestó su conformidad.

El hecho probado ocurrió hace poco más de dos meses, el 2 de agosto a la mañana, en un departamento. Allí, en medio de una discusión, García Raeburn tomó del cuello a su pareja y la tiró al piso –provocándole lesiones– y luego la escupió en la cara. A posteriori le dijo que iba a prender fuego el inmueble.

Maza, además, le fijó al acusado las siguientes reglas de conducta durante dos años: fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin autorización judicial; someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras; abstenerse de entrar en contacto con la damnificada, ni acercarse a menos de 200 metros de ella y su domicilio; y realizar un tratamiento psicoterapéutico referido «principalmente a la solución de conflictos por vías no violentas y la problemática de violencia de género».

EN SUSPENSO

El juez de control santarroseño, Néstor Daniel Ralli, condenó a Ramón Ángel Jara a seis meses de prisión de ejecución condicional, por ser autor de los delitos de amenazas simples y lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real. A su vez le impuso tres obligaciones durante dos años (fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y efectuar un tratamiento psicológico especializado en la temática de violencia de género).

La sentencia de Ralli fue dictada como consecuencia de acuerdo de juicio abreviado convenido entre el fiscal Marcos Sacco, la defensora oficial Paula Arrigone y el propio imputado, un albañil de 40 años. La víctima, al ser notificada de ello, dio su conformidad y dijo que no quería ir a juicio ni comparecer en una audiencia.

¿Qué pasó? El pasado 4 de mayo, Jara fue hasta la casa de su expareja y, desde la vereda, le gritó cuestiones vinculadas a su esfera privada, la amenazó con quitarle a los hijos y le terminó manifestando que «si te acercás cuando yo los tenga, te voy a matar». Después le dio un golpe de puño en la boca, provocándole una contusión en el labio inferior.

Compartir
Twittear
Compartir
Telegram

Deja tu comentario!

Refrigeradossantiago 31masrzoTelebingo 6abril lateral