Tras dos meses de demora, el Gobierno cerró un acuerdo con la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para actualizar las remuneraciones mínimas. Las empleadas domésticas no verán una actualización en su sueldo de enero pero si recibirán un 20% en febrero y un 15% en marzo.
El último acuerdo paritario de las empleadas domésticas fue firmado en septiembre y fijaba un aumento del 34% en tres tramos: 12% en octubre, 12% en noviembre y 10% en diciembre. Con ese porcentaje, en el año las trabajadoras particulares acumularon un 154% de incremento salarial contra una inflación del 211,4%.
A esta situación se le añadirá el deterioro de sus ingresos en este inicio del 2024, contemplando el 51,3% de inflación bimestral desde la asunción de Javier Milei.
Empleadas domésticas: cuánto cobran en febrero
Las personas que realizan tareas generales en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos:
Por hora con retiro: $1416,50
Por hora sin retiro: $1528
En febrero, quienes trabajen con un esquema mensual cobrarán los siguientes montos, correspondientes al trabajo realizado en enero:
Mensual con retiro: $173.758
Mensual sin retiro: $193.217
Estos valores responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
AFIP confirmó el fin de Registradas
El programa Registradas, aquel que promovía la incorporación formal al mercado laboral de las trabajadoras de casas particulares, venció el 31 de diciembre de 2023 y no será renovado. La información fue confirmada a Ámbito por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el propio gremio del sector. Hasta noviembre del año pasado, fueron más de 34 mil las beneficiadas por la política implementada en septiembre de 2021.
Bajo la intención de sostener el empleo registrado en esta rama de actividad, que se vio particularmente afectada por los efectos del Covid-19, el Estado garantizaba el aporte salarial del 50% por seis meses, que se elevaba a ocho para titulares del Plan Acompañar: trabajadoras con discapacidad o con hijos con discapacidad, y personas trans o transgénero. La parte empleadora se encargaba de hacer el registro en la página de AFIP y transferir el porcentaje del salario restante, pago de aportes y contribuciones y la ART.
Por su parte, el Estado abría una cuenta sueldo gratuita a nombre de la trabajadora en el Banco Nación. El programa era compatible con la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo, Progresar, Tarjeta Alimentar, Potenciar Trabajo y otros, para desestimar el argumento de que el empleador no podía registrar a la trabajadora por su preocupación de perder la asistencia del Estado.