En una medida que entusiasma a los profesionales de la Salud pampeanos, la titular del juzgado de Juicios Ejecutivos N°2 de Neuquén, María Victoria Bacci, hizo lugar a la medida cautelar pedida por ATE para frenar la aplicación del Impuesto a las Ganancias en los trabajadores estatales de la provincia. De esta manera, la magistrada le ordenó al gobierno mantener vigentes las leyes y convenios colectivos que habían excluido del mínimo no imponible un 40% del sueldo.
Según informó el diario Río Negro, la magistrada dijo que debe aplicarse «especialmente» la ley 3378 «hasta tanto recaiga sentencia definitiva» sobre la acción de inconstitucionalidad que pidió el gremio. Es la que establece que las remuneraciones de los estatales de Neuquén se componen en un 60% de sueldo y en un 40% del concepto de dedicación funcional. Este último «constituye el reintegro de los gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas que se originan por el desempeño de la función» y no pueden estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.
Bacci dijo en su resolución que el dictado de estas leyes serían «el resultado del ejercicio de las prerrogativas del Estado Provincial con apego a la clave federalista en la que está escrita nuestra Constitución Nacional. El gobierno local, puntualmente el Poder Legislativo, es quien tiene el conocimiento directo de la situación económica en la región motivo por el cuál debe tener la potestad de sancionar aquellas normas legales que viabilicen el cumplimiento –por parte del Poder Ejecutivo Local– de aquello que la Constitución Provincial manda».
Demoras.
La jueza explicó que dictó la cautelar por el peligro de demora que supondría «la inminencia de la liquidación de los haberes de los empleados estatales» de julio. Agregó también que este peligro de demora «debe juzgarse a su vez conjuntamente con el perjuicio al que se verían expuestos los trabajadores nucleados por la amparista en este escenario de profunda crisis económica y de recesión que azota a la economía, lo que se traduciría en una imposibilidad de ulterior reparación».
La decisión de la jueza Bacci va en consonancia con el pedido de ATE pero también con el dictamen del fiscal de Estado, Raúl Gaitán, quien pidió que se le dé la razón al sindicato en alineamiento con el gobernador Rolando Figueroa. Bacci en su resolución añadió citar al Estado nacional en la causa en virtud de que podrían llegar a verse comprometidos sus intereses.
Inconstitucional.
El fiscal Raúl Gaitán cuestionó en particular un artículo de la nueva ley por no respetar las normas provinciales que regulan el empleo público. «Puntualmente, Gaitán calificó como ‘inconstitucional’ el artículo 81 incorporado por el Titulo V de la Ley 27.743», indicó Ambito Financiero.
La postura fue expresada en el escrito remitido al Juzgado de Juicios Ejecutivos Nº2 de Neuquén, en respuesta al traslado que le confiriera la Justicia en relación a la acción de amparo interpuesta por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) en contra de la restitución del impuesto a las Ganancias. Según el medio, la respuesta de la Provincia -que es agente de retención del citado impuesto- se basó en cuatro puntos: “La Ley resulta inconstitucional por violar: a) el reparto de competencias entre el estado federal y las provincias, el procedimiento de sanción de las leyes, el principio de igualdad tributaria y razonabilidad, el principio de progresividad en derechos humanos”.
El artículo 8 de la Constitución provincial impone a las autoridades neuquinas la defensa de la autonomía. En ese marco, Gaitán explicó que “la normativa nacional pretende derogar las leyes provinciales y las normas de los Convenios Colectivos de Trabajo del sector público provincial que prohíben computar el 40% de los ingresos de los trabajadores estatales a los efectos del cálculo del impuesto a las ganancias”. Cabe mencionar que los convenios colectivos del sector público provincial fijan en un 40% del salario los gastos de movilidad, viáticos y compensaciones análogas, bajo el concepto de dedicación funcional y las adendas en las que se plantearon fueron aprobadas por la ley 3378 mucho antes de que surgiera esta nueva legislación a nivel nacional.
Además, la regulación del Empleo Público y de los CCT del sector público son facultades exclusivas de las Provincias. Respecto de la medida cautelar presentada por ATE, el fiscal de Estado consideró que “es el único medio para evitar la afectación de los ingresos de los trabajadores estatales”.
«Es inconstitucional».
La Fiscalía de Estado de Neuquén consideró inconstitucional la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias, iniciativa impulsada por el presidente Javier Milei que fue aprobada en el Congreso. La posición se adoptó en un escrito que presentó ante la Justicia en respuesta al traslado que recibió tras una acción de amparo.
El fiscal señaló que “para que el Estado Provincial no actúe como agente de retención del impuesto a las Ganancias -como lo pretende la actora- debe existir una declaración de inconstitucionalidad de la norma nacional que interfiere con las Leyes provinciales y la autonomía del Estado provincial, y es el Poder Judicial el único de los poderes habilitado para declararla”.
En razón de lo expuesto, informó Ambito, remarcó que “esta parte entiende que es inconstitucional el Art. 81, incorporado por el Titulo V de la Ley 27.743- en tanto prescribe que resulta inaplicable cualquier norma de derecho público provincial, municipal y de los Convenios Colectivos del Sector público, que legisle y regule respecto de la naturaleza jurídica de ítems, adicionales o bonificaciones de los empleados provinciales o municipales”.
Explicó que la norma, cuya declaración de inconstitucionalidad se peticiona, “es regresiva respecto del status de protección adquirido por los trabajadores estatales de la Provincia con anterioridad a su sanción, sin que el Estado Nacional hubiera argumentado y menos demostrado, la existencia de razones que justificaran dicha regresión”.
“Es evidente que resulta inconstitucional, con relación a los empleados estatales de Neuquén, el art. 81 del paquete fiscal por resultar regresiva con relación a la norma federal que anteriormente regulaba la cuestión, y a los art. 2 y 3 de la Ley 3378 dictadas en consecuencia de la legislación nacional anterior por la legislatura provincial”, acotó.
«No podía ser tratada».
Gaitán también cuestionó el procedimiento en la sanción de la ley de Bases, debido a las modificaciones introducidas. “No cabe duda alguna de que el ‘titulo’ V de la ley 27.743 es en realidad una ley distinta y, por ello, no podía ser tratada por haber mediado el rechazo absoluto y total de una de las Cámaras del Congreso conforme lo prevé el art. 81 de la Constitución Nacional”, explicó.
Al decir que “el impuesto no contempla el mayor costo de vivir en la región patagónica” se refirió a la violación del principio de igualdad y de razonabilidad al recordar que los empleados públicos de la provincia no se encuentran en igualdad de condiciones que los del resto del país, debido a los altos costos de vivir en esta región.
“Es evidente que el legislador no ha tenido en cuenta los alcances de los principios de igualdad y de razonabilidad en materia tributaria, que son límites constitucionales a la potestad estatal, con clara afectación al derecho de propiedad (art. 17 CN) y de igualdad ante la ley de los trabajadores del estado provincial (ART. 16 CN)”, sostuvo. Finalmente, solicitó a la Justicia que declare la admisibilidad de la acción solicitada por ATE y dicte la medida cautelar requerida por la actora.
La Pampa no accionará.
El Estado pampeano no hará ninguna presentación ante la Justicia por la restitución del Impuesto a las Ganancias, debido a que no es un actor afectado. De todas maneras, sí habrá una medida judicial por parte de profesionales de la Salud, que se presentarán en tribunales la próxima semana.
«Es imposible, no tenemos acción. Pueden demandar los afectados», explicaron semanas atrás fuentes de Casa de Gobierno a este diario. Por estos motivos, las presentaciones que se hagan serán de particulares o instituciones afectadas.
«En Neuquén la demanda la hizo el gremio y la Fiscalía de Estado de esa provincia contestó la demanda», señalaron y aclararon que en la provincia la Fiscalía de Estado «no fue notificada de ninguna demanda» para tomar intervención.
Bancarios y profesionales de la Salud son dos sectores que tomaron el camino judicial. En el caso del personal de Salud, integrantes del grupo indicaron que «estamos en el momento de la firma de los poderes. La semana que viene la estamos presentando». El grupo está conformado por unos 200 profesionales médicos, kinesiólogos, bioquímicos y licenciados en enfermería.