En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard condenó a Juan Alberto Córdoba, de 43 años, radicado en la provincia de Córdoba, por juzgarlo autor penalmente responsable de la infracción al artículo 108 inc. 1º del C.C., en relación con Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, a la pena de treinta y seis días, y una multa equivalente a un importe total de seiscientos sesenta y seis mil doscientos cincuenta y dos pesos.
Además le impuso una sanción de inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículo automotor, por el término de doce días; le aplicó una amonestación –prevista en los Arts. 14, 15, 16 inc. 1, 17, 25 y concordantes del C.C-, exhortándolo a que hechos de esta naturaleza no se vuelvan a repetir; y dispuso que el imputado realice un curso online de seguridad vial, «Conduciendo por la Vida».
EL HECHO
El hecho ocurrió el 31 de agosto, aproximadamente a las 20 horas, en la ruta provincial 1 –Avenida Circunvalación- en el tramo comprendido entre la Rotonda del Aeroplano y calle 240, de la ciudad de General Pico, cuando el imputado circulaba en un camión tipo “mosquito” transportando vehículos 0 km a una concesionaria ubicada en ese cruce, y procedió a omitir la señal de semáforo en rojo ubicado en esa circunvalación y el cruce con una calle vecinal, ubicada frente a un predio -de SMATA-, continuando su marcha.
El acuerdo fue presentado por el fiscal contravencional Sebastián Rawson Paz, el defensor oficial Alejandro Piñeiro y el imputado, quien reconoció la autoría del hecho.
SENTENCIA
En la sentencia el juez resaltó «la exhaustiva y rápida investigación de la Fiscalía en la identificación del infractor, que se inició de oficio gracias a la publicación por parte de un medio periodístico digital local («enbocadetodoshd.com») del video que un vecino aportó denunciando la infracción del camionero».
Además agregó que «en estos casos, el aporte de vecinos que ponen en conocimiento la comisión de infracciones de tránsito es fundamental para para prevenir accidentes y mejorar la seguridad vial».
También, el juez recomendó «cuando son hechos de esta gravedad comunicarse además telefónicamente con el 101 (Policía) para procurar la intercepción del conductor temerario y hacer cesar el peligro».
Finalmente el magistrado resaltó que «la intervención de los vecinos en ese alerta promueve la cultura de participación ciudadana y otorga a las autoridades una herramienta fundamental para la sanción de conductores temerarios e irresponsables, pudiendo operar incluso como disuasivo para aquellos que pretenden violar las normas de tránsito, dado que pueden ser denunciados por cualquier ciudadano que presencia el hecho mediante el registro de imágenes o video con su teléfono celular, que es una prueba absolutamente admisible en el proceso».