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Castense condenado a ocho años de prisión por abuso sexual de una menor de edad

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Comisaria Patrullero Eduardocastex Setiembre2024

La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó la condena de ocho años de prisión impuesta a un castense -P.A.R son las iniciales de su nombre y apellido- por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante cometido contra una menor de 13 años de edad. El tribunal rechazó el recurso presentado por la defensa y dejó firme la sentencia dictada -a fines de 2025- por la Audiencia de Juicio de la Primera Circunscripción Judicial, con sede en Santa Rosa.

La resolución, firmada por la jueza sustituta María Paola Frigerio y el juez Mauricio Federico Piombi, desestimó la impugnación interpuesta por los abogados Seila D. Domínguez Ardohain y Rodrigo A. Villa, quienes habían solicitado la revocación del fallo y la absolución de Rivero sin que se dispusiera un nuevo juicio.

La condena fue dictada -el 22 de diciembre del año pasado- por el juez Daniel Alfredo Sáez Zamora, quien encontró a Rivero autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la situación de convivencia preexistente con la víctima y por ser el encargado de su guarda.

El fallo de primera instancia estableció que los hechos fueron cometidos en perjuicio de una niña de 13 años y fueron considerados un delito continuado. Además, el magistrado encuadró la causa dentro de los principios establecidos por las leyes nacionales de protección integral de las mujeres y de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Recurso rechazado.

Tras conocerse la sentencia condenatoria, la defensa interpuso un recurso de impugnación ante el Tribunal de Impugnación Penal. En esa presentación solicitó que se revocara íntegramente la decisión del juez de juicio y que se absolviera directamente al imputado.

Sin embargo, la Sala B resolvió no hacer lugar al planteo defensivo y confirmó en todos sus términos la Sentencia Nº 57/2025, manteniendo tanto la declaración de responsabilidad penal como la pena de ocho años de prisión impuesta a P.A.R.

La resolución constituye la revisión de la condena realizada por el tribunal de alzada y mantiene vigente el fallo dictado en primera instancia, al considerar que no correspondía modificar la decisión recurrida.

Esta sentencia provocó que -días atrás- el acusado quedará detenido, y actualmente se encontraría alojado en la comisaría departamental de Eduardo Castex.

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