En el marco de un Acuerdo de Juicio Abreviado, un hombre de 45 años, fue condenado por el juez de control de General Pico, Heber Pregno, a la pena de seis meses de prisión en suspenso; por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de «resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas a un miembro de la fuerza de seguridad y daño simple».
También le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el plazo de dos años: fijar domicilio y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al Juez de Ejecución Penal y al fiscal, y someterse al ente de políticas socializadoras. Además le ordenó la prohibición de acercamiento al domicilio y a todos los lugares de habitual concurrencia de la damnificada – su ex pareja y madre de tres hijos en común- , y la prohibición de todo tipo de comunicación y contacto para con la misma; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia, por parte de profesional idóneo en la materia, destinado a que no incurra nuevamente en comportamientos violentos contra terceros.
Al imputado se le comprobaron dos hechos diferentes ocurridos el mismo día. El primero ocurrió el 6 de enero este año, sin precisar hora exacta, en el momento en que se encontraba en el domicilio de su ex pareja y luego de que se originara una discusión con la nombrada, provocó daños en la puerta de ingreso a una de las habitaciones del inmueble, mediante golpes de puño. Los daños quedaron certificados por el informe policial.
Más tarde, al concurrir al destacamento policial de la localidad, donde había sido citado, en el momento en el que un agente policial le puso en conocimiento que iba a proceder a su demora, se resistió al accionar policial forcejeando con el agente, a quien empujó contra una ventana, provocándole una lesión cortante en el antebrazo izquierdo, la cual requirió de 6 puntos de sutura, conforme a un certificado médico aportado en la causa.
El acuerdo fue firmado por el fiscal Luciano Rebecchi, el defensor particular Hugo Santamarina y el imputado, quien admitió su culpabilidad. La víctima, en una entrevista con el juez, prestó su conformidad con el acuerdo arribado por las partes, la pena y las reglas de conducta impuestas.
Pregno agregó en su fallo que «la violencia de género es una de las problemáticas más comunes en las relaciones interpersonales y es un flagelo en la sociedad por lo cual se deben promover acciones tendientes a erradicar todo tipo de violencia manifiesta contra el género femenino».