A través de una acordada, los miembros de la Corte Suprema de Justicia dispusieron este lunes por la tarde la “feria judicial extraordinaria” hasta el 31 de marzo en todo el país. De esta manera, ordenaron declarar como «inhábiles» los días quedan del mes, con el fin de responder a la pandemia del coronavirus y acompañar las medidas ordenadas por el Ministerio de Salud de la Nación. Previamente, el máximo tribunal provincial declaró asueto.
La decisión del máximo tribunal llega luego de recibir sendas presiones por parte de las autoridades judiciales provinciales y de gremios de convocar al paro en caso de que no se avanzara con la feria.
Mediante la acordada difundida esta tarde, los jueces integrantes del máximo tribunal consideraron declarar la feria judicial extraordinaria debido a “razones de salud pública” originadas “en la “propagación a nivel mundial, regional y local de distintos casos de coronavirus (Covid-19)”.
Estas causales llevaron a los miembros de la Corte a dictar “los actos necesarios para acompañar las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud de la Nación, con el fin de preservar la salud del personal del Poder Judicial de la Nación como así también la de todas aquellas personas que concurran los tribunales dependencias que lo integran de forma de contribuir, además, con la contención de la propagación de la infección por coronavirus”.
Además, en razón de lo dispuesto y con el fin de lograr una menor afluencia en los tribunales, la Corte eximió la exigencia de presentar en soporte material las presentaciones de las causas permitiendo que estas se realicen “exclusivamente en formato digital, con firma electrónica”.
A través de la acordada N° 4/ 2020 difundida esta tarde, la Corte dispuso también el uso de los Fondos Anticíclicos con el fin de «equilibrar los recursos en el tiempo y garantizar un nivel adecuado de prestaciones jurisdiccionales». Estos fondos fueron creados para con el fin de utilizarlos «ante la reducción de los recursos previstos y en situaciones excepcionales o no contempladas que impidan el cumplimiento de los objetivos de Ia jurisdicción».