viernes 29, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

General Pico: Amenazó a los ex empleadores que incendiaría los comercios y fue condenado a prisión efectiva

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La jueza de audiencia de General Pico, María José Gianinetto, condenó a Ezequiel Rodrigo Guaraglia a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor del delito de amenazas simples. ¿Qué hizo? Le dijo a sus exempleadores que iba a prenderles fuego dos comercios y a ellos mismos mientras estuvieran durmiendo.





Durante los alegatos del juicio oral, en la causa 37.590, el Ministerio Público Fiscal, ejercido a través de los fiscales María Emilia Oporto y Francisco Trucco, había solicitado esa misma pena, al indicar que como el imputado tenía antecedentes penales –poseía una condena anterior en suspenso–, la sanción debería cumplirla en forma efectiva.

La fiscalía señaló específicamente que el 29 de agosto de 2017, Guaraglia llamó al teléfono de uno de esos locales y atendió una empleada. El acusado se identificó, y en ese contexto, le pidió a su interlocutora que les dijera a sus jefes que “les iba a prender fuego los dos locales y a ellos (un matrimonio) mientras dormían”. Esa comunicación provocó temor en los destinatarios y tuvieron que cambiar ciertos hábitos cotidianos.

El defensor oficial, Walter Vaccaro, en cambio, sostuvo la inocencia de Guaraglia –un trabajador autónomo de 31 años– y requrió su absolución. Adujo que se trató de un “incidente espontáneo y fugaz”, que la llamada duró apenas 37 segundos y que se trató “agresiones verbales pronunciadas irreflexivamente, al calor de este tipo de disputas de raíces laborales”.

El imputado negó que hubiera tenido alguna intención de amenazar a sus exempleadores, con quienes mantenía un conflicto laboral porque había recibido una telegrama notificándolo que había hecho abandono de trabajo. La mujer negó que la denuncia tuviera relación con ello y pidió que se desarchivara la causa porque vio en dos ocasiones a Guaraglia frente a su casa, al salir de ella. En esos momentos también su auto había aparecido rayado y otra vez con las cuatro cubiertas pinchadas.

“La explicación que ensayó Guaraglia ante el tribunal no resultó creíble –sostuvo Gianinetto en la sentencia–. Por más que haya intentado mostrar que se trataba de un conflicto superado con sus exempleadores, incluso ‘avisando’ que se mudaría de ciudad próximamente, para que los denunciantes ‘se queden tranquilos’, lo cierto es que la prueba incorporada me hace concluir que se trató de tan solo una maniobra defensiva y no la estricta verdad de los hechos”.

Para fijar la pena, la jueza se inclinó por el mínimo legal previsto por la figura de amenazas simples, debido a que es “una persona joven e instruida”, pero indicó que no podía ser en suspenso porque el 9 de junio de 2011 ya había sido condenado y, aunque ese fallo fuera de vieja data, no pasaron los diez años que prevé el segundo párrafo del artículo 27 del Código Penal.

 

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