viernes 29, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Condenado a prisión por agredir a su ex pareja “por celos”

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El juez de  control de Santa Rosa, Carlos Rene Ordas, condenó a un hombre de 28 años, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de «lesiones leves calificadas por la relación de pareja previa»; a la pena de seis meses de prisión.





El juez le revocó la condicionalidad de la pena impuesta mediante una sentencia anterior, de fecha 5 de mayo de 2017, dictada por el juez Carlos Alberto Besi, mediante la cual se condenó al nombrado a la pena de seis meses de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta. Unificó la pena anterior con la dictada en la fecha, componiendo la  pena única de seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.

El fallo fue dictado mediante un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Andrés Torino, los defensores particulares Juan Carlos de la Vega y Roman Fiorucci, y el imputado quien admitió los hechos. La damnificada, su ex pareja, manifestó su conformidad con la firma del acuerdo.

Los hechos demostrados en el legajo ocurrieron el 11 de mayo de este año, cuando el imputado, luego de una discusión por celos, le propinó a la damnificada un golpe de puño en las costillas, golpes en las piernas, en los brazos, en los talones y en el labio superior derecho, tirándole luego del pelo, produciéndole de esta manera escoriación en región nasal, edema en labio superior; eritema, varios hematomas en diversas partes del cuerpo y escoriación en tobillo derecho de más de 48 hs de evolución.

El juez entendió que las conductas  del imputado «deben ser valorados a la luz de la Ley 26.485 de protección integral hacia las mujeres».

El magistrado  ordenó que «durante el tiempo de la ejecución de la presente condena, se brinde al imputado, asistencia médica o psicológica, a través de los organismos públicos y/o organizaciones de la sociedad civil con formación especializada en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres» y que se comunique al Registro Nacional de Reincidencia y al Departamento Judicial de la policía provincial (D-5), para su toma de razón.

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