jueves 27, febrero, 2025, Eduardo Castex, La Pampa

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Diputados comenzó a debatir el proyecto de ley que limita los intereses de la usura financiera

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Camaradiputados Lapampa Comision Legislaciongeneal Funcionarios Stj 26junio2019

Los integrantes de la comisión de Legislación general de la Cámara de Diputados de La Pampa recibieron al presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Fabricio Lossi, el ministro del STJ, Eduardo Fernández Mendía y al procurador general de La Pampa, Mario Bongianino, para conocer su parecer sobre el proyecto de ley donde se establece un límite al costo financiero total que apliquen las  entidades financieras atípicas, casas de préstamos o prestamistas, o entidades afines. El objetivo de los legisladores pampeanos es combatir la usura financiera en toda su dimensión.

Con una frase del reconocido abogado a nivel nacional, el pampeano Gustavo Arballo, “se trata de la más unitaria de todas las leyes”, el titular de la sala A del STJ, Fernández Mendía, especialista en derecho comercial y civil, manifestó que la iniciativa “corre el riesgo de ser declarada inconstitucional, si llegara a instancias de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, porque podría afectar el artículo 75, inciso 12, de reparto de competencias, ya  que establece que corresponde al Congreso Nacional dictar leyes generales para toda la Nación, ya sean cuerpos unificados o separados”.

“Si la ley saliera tal como está –estimó Fernández Mendía- incursionaría en las relaciones contractuales y cuestiones dinerarias, atribuciones que el Congreso Nacional las cree propias de su incumbencia, incluso se menciona la figura penal de usura, con lo que la CSJ bien podría declararla anticonstitucional, y las entidades en cuestión podrían venirse con una misilística en ese sentido contra la norma”.

VÍCTIMAS DE ABUSOS

Pero a partir de esa prevención, los invitados acordaron con los legisladores, formas de regular la actividad de las casas de préstamos o prestamistas, con el objetivo inicial que es el resarcimiento para las víctimas de los abusos.

Bogianino dijo suscribir lo expuesto por Fernández Mendía pero que igualmente “hay que tomar cartas en el asunto y el proyecto de ley es una herramienta útil, precisa y que le da un marco legal a las causales del delito de usura en la desproporción de la tasa de interés que esas entidades cobran”.

También dijo que la usura “es un delito de difícil probanza por los tecnisisimos que se vuelcan en los contratos, tanto es así que en muy pocos casos la justicia ha podido avanzar y, particularmente en La Pampa, nunca hemos podido llevar a ninguna entidad o sus representantes a juicio”. Y si bien reconoció el riesgo de que la norma fuera declarada anticonstitucional, también dijo que “al no haber un tribunal constitucional que establezca claras definiciones en cuanto a qué es constitucional y qué no, podría pasar mucho tiempo hasta que se determine la inconstitucionalidad”; a lo que Fernández Mendía sumó su parecer diciendo que “lo que sí está claro es que la bofetada de la declaración de insconstitucionalidad no vendría en lo inmediato”. “Insistó –continuó- en que lo contractual no es incumbencia de las provincias, pero algo hay que hacer, porque lo que está claro es que este proyecto visibiliza algo que está en closet, y hay cada vez más compañías financieras que siguen perjudicando a víctimas que merecen un resarcimiento”.

CÓDIGO CONTRAVENCIONAL

La intervención de Lossi pareció abrir una puerta al decir que “para darle eficacia al espíritu de la norma, lo aconsejable es que se incorpore al Código Contravencional Provincial que está en elaboración y que se erigirá como tribunal de alzada por sobre los demás códigos municipales y de ese modo tendremos en toda la provincia una ley con efectos sancionatorios y que terminará resarciendo a las víctimas”.

“El límite entre lo constitucional y lo anticonstitucional –dijo Lossi- es difuso, por eso si el Código Procesal Civil, tomara como ley especial a esta norma, ésta establecería al abuso financiero como un delito contravencional, que no es lo mismo que el delito de usura que es penal y por lo tanto de incumbencia federal”.

“Por otro lado –dijo Fernández Mendía- no le va a resultar fácil a la CSJ declarar la inconstitucionalidad a partir del reclamo que pudieran hacer las compañías que se verían afectadas por esta ley especial, ya que lo que estarían planteando es “desde mi voracidad quiero que la Corte me diga que puedo ser voraz”, teniendo en cuenta que la tasa que les fungirá como tope es muy alta al permitírsele como límite el 15% más que la de la del Banco de La Pampa”. Y se preguntó “si el código civil faculta a los jueces a bajar las tasas ¿por qué los legisladores pampeanos no podrían establecer un tope a las mismas?”.

PONER TOPE A LAS TASAS

El diputado Marín, que junto a sus pares Luis Solana y Martín Berhongaray, es autor de la iniciativa aseguró que “no estamos fijando las tasas, sino que estamos poniéndoles un tope las mismas, lo que no es lo mismo”. Y reveló que el PROCELAC en Buenos Aires “nos dio el visto bueno” y para la instrumentación dijo “si hay voluntad política de todos, podría haber una fiscalía temática o, en una eventual nueva ley de ministerios en la provincia o directamente en  el próximo presupuesto prever uno mayor para la dirección de defensa del consumidor que será el órgano de aplicación de la misma”.

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