Brian Ezequiel Benz le envió cuatro mensajes amenazantes, por la red social Facebook, a una expareja y por ello fue condenado a ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo. Pero como tenía otra sentencia condenatoria en suspenso, se la revocaron y le unificaron ambas en una pena única de un año y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo.
El fallo fue rubricado por el juez de control de Santa Rosa, Carlos René Ordas, a partir de un acuerdo de juicio abreviado presentado, en forma conjunta, por el fiscal Walter Martos, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el propio imputado de 24 años, quien permanece detenido en la alcaidía local. La víctima, al ser notificado de sus alcances, también brindó su consentimiento.
En definitiva, Ordas lo condenó por amenazas simples en cuatro oportunidades en concurso real y encuadró su conducta en los presupuestos de la ley 26.485 de Protección Integral a la Mujeres.
El primer mensaje vía Facebook fue enviado el 15 de enero pasado. Allí Benz le dijo a la víctima: “Me la vas a pagar, porque el dolor que tengo es muy grande. Caminá con miedo, mirá para todos lados porque vas a ver qué sorpresa más grande te llevas. Juro que no voy a descansar con tal de verte muerta”. Al otro día vino el segundo: “Vos sos y serás mía por más denuncia y cosas que hagas… juro que te vas a arrepentir de todo”.
La tercera amenaza se produjo poco más de un mes después, el 21 de febrero: “Sabés lo que tengo para vos, una (pistola calibre) 38. Una sola en la cabeza, andá con cuidado en la calle”. Finalmente, el 2 de marzo le escribió: “Así que tienen que operar a mi hijo. ¿De qué y por qué? Vas a ver, te guste o no, voy a estar ahí cuando lo operen (…), no me podés negar ese derecho, te voy a matar si le pasa algo al nene. Y más vale que no le pase nada porque te mato”.
El acusado ya había sido condenado el 25 de febrero de este año, en otro abreviado donde también intervino Ordas, a un año y tres meses de prisión de ejecución condicional como autor de los delitos de amenazas simples en tres oportunidades y desobediencia en concurso real, todo en el marco de la ley 26485. Allí la víctima fue la misma persona.