jueves 27, febrero, 2025, Eduardo Castex, La Pampa

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AFIP reglamentó cambios en el Monotributo

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Monotributo Pagina Afip 10abril2020

La AFIP reglamentó este lunes los cambios en el régimen de monotributo que establece beneficios fiscales, cambios en las escalas, elimina el retroactivo que se generó a principio de año, y establece una moratoria de hasta 60 cuotas.

La titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont había dicho: “Esperamos el lunes poder firmar nuestra reglamentación, lo que significa que, inmediatamente, están operativos los beneficios de esta ley que supone que las deudas que hoy aparecen por ese ajuste que hubo de la alícuota van a desaparecer”.

La normativa retrotrae los valores de las cuotas del período enero-junio a los vigentes en diciembre de 2020 «para que ningún monotributista experimente aumentos en sus cuotas durante el primer semestre del año», informaron fuentes oficiales.

Se crea un esquema excepcional de actualización de escalas, instrumenta una moratoria para regularizar deudas en hasta 60 cuotas y habilita un programa de alivio fiscal. Las nuevas escalas para las distintas categorías del monotributo son las que deben tenerse en cuenta para realizar la recategorización que estará habilitada del 28/7 al 17/8.

La moratoria permite regularizar deudas generadas hasta 30 de junio de 2021. Ofrece un máximo de 60 cuotas y una tasa de interés de hasta 1,50%.

Monotributo: ¿Cuáles son las nuevas medidas de alivio?

Se crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes destinado a complementar la constancia del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes.

Se define como objetivo principal dar mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas mediante la implementación de las siguientes medidas:

El sostenimiento de los valores mensuales de las cuotas a ingresar del Régimen Simplificado correspondientes a los meses de enero a junio de 2021, los cuales serán retrotraídos a los vigentes para diciembre de 2020 para cada categoría.

Un programa específico de alivio fiscal para pequeños contribuyentes, consistente en complementar, con un mecanismo simple, el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para aquellos.

Un régimen de regularización de deudas para pequeños contribuyentes que procura generar un esquema de previsibilidad económica y financiera.

¿A partir de qué momento se actualizan los valores?

Se fijan, a partir del 1 de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales previstos en los párrafos primero y tercero del artículo 8º del anexo de la ley 24.977 de solidaridad y reactivación productiva.

Se dispone que los contribuyentes inscriptos al 30 de junio de 2021 en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido en el anexo de la ley 24.977 que hayan excedido, en esa fecha o previamente, el límite superior de ingresos brutos previstos para la máxima categoría aplicable a su actividad.

De esta manera, se considerarán comprendidos en el régimen simplificado hasta ese día, inclusive, y mantendrán dicha condición siempre que sus ingresos brutos no excedan los nuevos montos para la máxima categoría.

Por su parte, se tendrán además por cumplidos hasta dicha fecha los restantes requisitos de permanencia en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

 

 

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