viernes 29, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Tres condenados por violencia de género contra sus parejas en Santa Rosa

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Hoy se dictaron tres condenas en Santa Rosa, una con prisión efectiva y dos con penas en suspenso, por hechos de violencia de género en perjuicio de una pareja y dos exparejas. En todos los casos los procesos penales se resolvieron por la vía alternativa del juicio abreviado.





El juez de control, Carlos Ordas, condenó a César Emilio Raeburn (26 años) a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, como autor del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, y enmarcó los hechos en la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.

¿Qué ocurrió? Una madrugada Raeburn llegó «en estado de ebriedad», junto a su hermano, a la casa de la denunciante, con quien estaba en pareja, y a los gritos dijo que mataría a los perros. La mujer, que estaba recién operada y no podía hablar, le pidiera que baja la voz porque se podrían despertar sus hijos.

El imputado respondió que «era una falta de respeto» que tuviera que hablar bajo en su propio hogar y comenzó a insultarla. Luego «la empujó hacia la vereda, donde había otra persona desconocida y esta calmó la situación hasta que llegó la policía», detalló el fallo.

Unos veinte minutos más tarde, Raerburn regresó para «reprocharle porqué había dejado ingresar a la casa a la policía», insultarla, darle un golpe de puño en la espalda, pegarle en la frente y la boca y tirarla al piso. Ya estando despiertos todos los hijos, la víctima llamó a la policía, aunque no le salía la voz. Pero los efectivos llegaron al lugar y el agresor se retiró.

El abreviado fue rubricado por la fiscala Verónica Ferrero, el defensor particular Gastón Gómez y el acusado. La damnificada, al ser anoticiada sobre los alcances del acuerdo, también brindó su consentimiento.

«Te voy a matar»

En un segundo legajo, Néstor Hugo Feraude fue condenado a ocho meses de prisión en suspenso, como autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con amenazas simples; siendo valorados bajo los parámetros de la ley 26485.

La sentencia fue emitida por la jueza de control, María Florencia Maza, y el acuerdo abreviado lo presentaron en forma conjunta la fiscala Verónica Ferrero, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez y el acusado, de 33 años y sin antecedentes penales. La víctima también dio su conformidad y pidió que no se le fije, como regla de conducta, una restricción de acercamiento u contacto porque sería perjudicial para la relación con los hijos.

Los delitos fueron cometidos hace menos de dos meses, el 11 de junio a última hora, cuando la víctima regresaba a su domicilio. En esas circunstancias, Feraude comenzó a discutir e insultara su expareja. Mientras le negaba el paso, la tomó «con fuerza del cuello en tres oportunidades» y recién, luego de dos horas de estar ambos en la vereda, le permitió que ingresara a su casa. El victimario entró detrás de ella, volvió a insultarla y tomarla del cuello y la arrojó contra una pared. A posteriori le dio patadas en el cuerpo y le expresó «yo te voy a matar a golpes, no me importa ir preso».

Además de la pena, Maza le impuso a Feraude las siguientes reglas de conducta por dos años: a) fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin conocimiento o autorización de la autoridad judicial; b) someterse al cuidado y contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal, debiendo comparecer del 1 al 5 de cada mes; y c) abstenerse de realizar actos de perturbación y/o intimidación en contra de la expareja.

Le quemó la cara

El tercer fallo también fue dictado por la jueza de control, María Florencia Maza, quien le impuso la sanción de seis meses de prisión de ejecución condicional a Franco Antonio Díaz (36 años), por ser autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real con los delitos de violación de domicilio y amenazas simples. Las agresiones fueron valoradas conforme a las disposiciones de la ley 26485.

El acuerdo de juicio abreviado fue interpuesto por la fiscal Verónica Ferrero, la defensora oficial Mariel Annecchini y el imputado, quien no tiene antecedentes penales registrables. La damnificada también dio su aprobación.

Los hechos ocurrieron hace exactamente dos meses, cuando Díaz fue hasta el domicilio de una expareja y la insultó con adjetivos descalificativos. Después la empujó, le dio trompadas en los brazos y en el rostro, la golpeó con el mango de una pinza en la cabeza, le quemó la cara con una moneda caliente y terminó amenazándola con «prenderle fuego», detalló el fallo.

Posteriormente, ese mismo día, Díaz volvió al lugar forzando una reja y una puerta y le exigió a la mujer que le diera sus contraseñas personales, Ante la negativa de ella, volvió a amenazarla con que «rompería todo» y luego que arribara la policía y lo obligara a retirarse, le envió un mensaje de texto: «te vas a arrepentir, esto no va a quedar así».

El imputado deberá cumplir, por el lapso de dos años, con reglas de conducta (fijar domicilio, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras, presente en él del 1 al 5 de cada mes, y no entrar en contacto con la víctima por ningún medio, ni acercarse a menos de 200 metros de su domicilio ni de dónde se encuentre).​

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