viernes 29, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Procesaron a ex funcionario de AFIP por persecución al Grupo Indalo y Rosenkrantz fue citado como testigo

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La jueza María Servini procesó y embargó –sin prisión preventiva- a Sebastián Omar Paladino, exsubdirector de Recaudación de la AFIP durante la gestión de Alberto Abad, y quien diseñó un sistema informático especial que estaba destinado a monitorear en tiempo real a las empresas del Grupo Indalo, más allá de la petrolera Oil Combustibles. Para la Justicia, todas las acciones de Paladino se enmarcaron en un abuso de poder, cuya discrecionalidad le permitió avanzar sobre un grupo económico creando una herramienta que tenía funciones más de fisgoneo que de “gestión” tributaria.





Adicionalmente, la magistrada convocó a declaración testimonial al presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz para el 26 de agosto a las 14. Podrá declarar por escrito, pero Servini pidió que se lo informe con anterioridad si optará por esta modalidad. En la causa están registrados múltiples llamados telefónicos coincidentes con las fechas de corte analizadas por la Dajudeco con el operador Fabián “Pepín” Rodríguez Simón, en juicio de extradición con el Uruguay por este caso.

La herramienta surgió de las usinas de la Subdirección de Recaudación de la AFIP. El presunto objetivo era conocer el estado de deuda real de las empresas ligadas a Oil, pero la inclusión de contribuyentes no obedeció a un criterio objetivo, sino que se basó en la pertenencia a un grupo económico, cuyo origen se asoció a “Integrante Grupo CML”, en relación a Cristóbal López y todas las empresas en las que tuviera participación accionaria.

Hubo varios testigos que declararon ante la Justicia que ese sistema no servía para gestionar nada; que surgió tras una reunión a fines de marzo de 2016, cuando se había originado la embestida contra la petrolera y todo el holding; que la comunicación a las regionales del interior de la disponibilidad de ese sistema fue transmitida por Jaime Mecikovsky; que no hubo un acto administrativo (necesario) para disponer su legalidad dentro del a AFIP; que impedía rastrear quiénes realizaban las consultas sobre los CUIT, lo que impedía las pistas de auditoría; que jamás se incluyeron a otras empresas, a excepción del Grupo Báez, de manera coincidente con los objetivos políticos de la gestión de Mauricio Macri. Paladino se convirtió en el primer procesado en la causa por asociación ilícita que encabeza como imputado el expresidente y donde pesa una orden de captura internacional para Rodríguez Simón, cuyo refugio fue negado por Uruguay y se evadió de la justicia cuando fue llamado a indagatoria por Servini.

De hecho, la jueza procesó a Paladino por el primero de los hechos denunciados por el empresario Fabián De Sousa en sede comercial. Existe otra circunstancia que afecta al exsubdirector de AFIP: a través de una nota fechada el 2 de noviembre de 2016, ordenó –a sola firma- restringir el acogimiento de Oil a los beneficios de la Ley 27.260 (la moratoria del blanqueo que dispuso Macri) hasta obtener un dictamen jurídico. No hay antecedentes de que se ordene bloquear de los sistemas a un contribuyente sobre el que se consulta si se lo puede bloquear.

“Para que quede claro, se creó un sistema informático orientado a efectuar un control de todo un grupo económico, cuyos accionistas tenían una ideología claramente contraria al gobierno de ese momento, y respecto de quienes el entonces Presidente de la Nación se había expresado públicamente en diversas oportunidades”, consignó Servini advirtiendo que la causa puede escalar en el nivel de responsabilidades, ligando a Macri con el accionar que tuvo la AFIP.

“La opinión de la unidad de auditoría interna fue que era posible concluir que se había creado una herramienta que había surgido para monitorear en forma diaria el estado de dos grupos económicos específicos, distinguiendo su tratamiento del resto de los contribuyentes: el Grupo Indalo y el Grupo Báez. La gestión, implementación o creación de un sistema de tales características, según los testigos que trabajaron en ´áreas operativas´ del organismo, fue algo sin precedentes dentro de la AFIP”, subrayó la jueza en el procesamiento.

“Si bien se intentó instalar que la herramienta informática no hacía más que reunir y exponer datos, que no permitía o servía para la labor diaria de las áreas operativas, y mediante esos argumentos bajar su entidad, la realidad es que ella facilitaba llevar a cabo un contralor que evidentemente era querido desde algún sector del organismo público”, estableció la investigación. Por eso señalaron contradicción con los dichos de Paladino, que siempre se refirió a una sola empresa. Si tenían que monitorear a Oil, ¿Para qué se diseñó un sistema-espía sobre el resto de las compañías que no estaban bajo vigilancia? “El único patrón utilizado para su inclusión dentro de la herramienta fue su pertenencia a un grupo económico”, subrayó sobre la discrecionalidad que hace que la denuncia tenga base fáctica en la prueba recolectada.

Servini estableció un cronograma de testimoniales y debe definir si amplía la indagatoria a Abad por otros hechos surgidos de las declaraciones del juicio Oil ante el Tribunal Oral Federal N°3, que consignó Ámbito en todo su desarrollo. Jorge Sánchez Córdova y su hijo fueron llamados (mantenían contacto frecuente con Rodríguez Simón cuando eran los accionistas del banco Finansur y se sospecha que filtraban información para facilitar los embargos con los que el Poder Ejecutivo buscaba asfixiar económicamente al Grupo), Andrés Ballota de AGIP (teóricamente “Pepín” actuaba sin cargo pero diciendo representar los intereses de la Agencia recaudatoria porteña cuando ejercía presiones), y Dolores Pujol de Loterías de la Ciudad (idéntico motivo, pero además mantenía comunicaciones con Rodríguez Simón). Hubo pedidos sobre identificación de otros números telefónicos que estarían asociados a YPF. Uno de ellos se presume que podría ser utilizado por el abogado Marcelo Rufino, que actuaba en nombre de “Pepín” para negociar el remate de los activos petroleros de Oil.

“La conducta de Paladino lejos está de ser considerada un acto ´neutral´, sino que implicó llanamente un abuso de poder, aprovechándose de las facultades del organismo público, en desmedro de un grupo de contribuyentes”, sentenció Servini que remarcó que las facultades de fiscalización de la AFIP estaban fuera de discusión pero su accionar debía enmarcarse en la legalidad y no en actos discrecionales.

“Se la creó únicamente para vigilar a todos los contribuyentes del Grupo Indalo. La respuesta podría estar en que al momento de la creación del sistema, se estaba en un contexto en el que desde el propio Poder Ejecutivo Nacional, del cual dependía la Administración Federal de Ingresos Públicos, se instaba o auguraba que se iban/deberían tomar medidas en contra de los propietarios del grupo económico”, indicó.

Servini dejó una advertencia más para el futuro de su investigación: “se profundizará y verificará si únicamente esta situación fue un acto discriminatorio, arbitrario e impulsivo contra esas empresas o, por el contrario – tal como fue denunciado por los querellantes – se trató del comienzo de una serie de actos persecutorios desde el organismo público en contra de ese grupo económico”. “La respuesta podría estar en que al momento de la creación del sistema, se estaba en un contexto en el que desde el propio Poder Ejecutivo Nacional, del cual dependía la Administración Federal de Ingresos Públicos, se instaba o auguraba que se iban/deberían tomar medidas en contra de los propietarios del grupo económico”, resaltó. 

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