viernes 29, noviembre, 2024, Eduardo Castex, La Pampa

Condenaron por fraude al ex encargado del Albergue Municipal de Santa Rosa

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Un empleado de la Municipalidad de Santa Rosa fue condenado hoy a dos años de prisión en suspenso, e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, por ser autor del delito de defraudación a la administración pública en tres oportunidades, hechos que concursaron en forma real.





La jueza de audiencia de Santa Rosa, Alejandra Flavia Ongaro, le impuso esa sanción a Antonio Juan Gatica, porque –en su carácter de encargado del albergue municipal– extendió “tres recibos no oficiales a la Asociación Kobukai de Aikido” por 3.140 peso, en concepto de alojamiento, y “ese dinero no ingresó a las arcas del Estado comunal”. Uno de los documentos por 900 pesos, fue fechado el 26 de agosto de 2015, y de los otros dos, por 1.400 y 840 pesos respectivamente, uno el 19 de mayo de ese mismo año y el restante no tenía fecha.

El conflicto penal se resolvió a través de un acuerdo de juicio abreviado convenido entre el fiscal general Máximo Paulucci, la defensora oficial Silvina Blanco Gómez y el propio imputado, un jornalero de 46 años, que admitió la autoría de los hechos. Los apoderados de la comuna, José Luis Olguín y Claudio Pérez De la Prida, en su carácter de querellantes en el proceso, también prestaron su consentimiento al acuerdo.

Ongaro tuvo en cuenta, para dictar el fallo, algunas de las siguientes pruebas: los originales de los pagos, una pericia documentológica realizada por la Agencia de Investigación Científica del Ministerio Público Fiscal, el cuerpo de escritura del acusado, el sumario administrativo abierto en el municipio y dos entrevistas.

“Analizada la prueba reunida, y valorada conforme las reglas de la sana crítica, tengo  la certeza de la existencia del hecho investigado, que fuera puntualmente fijado en el acuerdo, como así también que Gatica resultó ser el autor material, sin perjuicio de la aceptación de esta autoría –indicó la jueza en la sentencia–. Así es que se acreditó que, en las circunstancias de lugar, tiempo y modo referenciadas por Gatica, y abusando de la confianza que fuera depositada en él por parte de las autoridades de la Municipalidad, y teniendo el poder de disponer del patrimonio del organismo a su cargo  (Albergue Municipal), se apoderó de dinero en efectivo que no ingresó en el erario público”.

Finalmente, Ongaro le ordenó a Gatica que, como reglas de conducta, debe fijar residencia y someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras durante un plazo de dos años.

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