La secretaria de la Mujer, Géneros y Diversidad de La Pampa, Liliana Robledo acompañada por la directora de Planificación, Promoción y Asistencia a la Mujer, Fernanda Dolsan y la coordinadora del equipo técnico, Silvana Abraham, se reunieron con la intendenta Mónica Curutchet, para planificar acciones que se desarrollarán próximamente en Eduardo Castex.
La secretaria sostuvo que el trabajo en territorio es fundamental, por eso resulta positivo recorrer las localidades pampeanas.
“En este caso dialogamos sobre la incorporación de la localidad al programa AcompañAR, continuar con la capacitación Ley Micaela y trabajar de manera conjunta para elaborar una ordenanza para la inclusión laboral, dentro del municipio, de personas transexuales, transgénero y travestis”, dijo Robledo.
“Creemos que son acciones necesarias para la localidad que dan continuidad a la presencia de nuestra Secretaría”, finalizó.
¿PARA QUIENES ESTA DIRIGIDO EL PROGRAMA ACOMPAÑAR?
El Programa Acompañar está dirigido a mujeres y LGBTI+ en situación de violencia de género de todo el país, y el objetivo principal es fortalecer la independencia económica de mujeres y LGBTI+ en situación de violencia de género.
El apoyo económico es equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil por 6 meses consecutivos a mujeres y LGBTI+ que se encuentran en situación de violencia de género. Mientras que el acompañamiento integral consisten en el acceso a dispositivos de fortalecimiento psicosocial para las personas incluidas en el programa, coordinado con los gobiernos provinciales y locales.
Este programa es compatible con la Asignación Universal por hijos, Asignación Universal por Embarazo para Protección Social, Asignación por hijos con discapacidad, Monotributo Social y Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Pero, es incompatible con los ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social), el subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional, las jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016 y la prestación por desempleo.