martes 10, junio, 2025, Eduardo Castex, La Pampa

En la Justicia de La Pampa se amplía la obligación de las notificaciones electrónicas

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Stj notificaciones electronicas correo electronico 31julio2019

A partir de mañana, 1 de agosto de 2019, será obligatoria la notificación electrónica en todos los procesos que se tramiten en la Sala C – de Demandas Originarias y Cuestiones Institucionales– del Superior Tribunal de Justicia, según se dispusiera oportunamente a través del acuerdo 3610.

Ese texto, firmado el 17 de diciembre del año pasado por los cinco ministros del STJ, ordenó la implementación del sistema de notificaciones a través de medios electrónicos en la Sala C y estableció un cronograma de sus fases para ponerlo en funcionamiento.

Por ello, desde el 4 de marzo y hasta hoy 31 de julio, hubo un período donde convivieron el soporte papel y la vía electrónica, con adhesión voluntaria a esta última. A partir de mañana se universalizará el uso de la notificación electrónica, pues tendrá carácter obligatorio.

La acordada del STJ, además, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 del Código Procesal Civil y Comercial o en el artículo 25 del Código Procesal Contencioso Administrativo, estipuló que las partes y sus letrados patrocinantes o apoderados deberán constituir, en su primera presentación en juicio o en audiencia, el domicilio electrónico.

A su vez, desde la secretaría de la Sala se confeccionará la cédula de notificación en el Sistema Informático de Gestión de Expedientes (SIGE), remitiéndose al mail informado por las partes o profesionales con carácter de domicilio electrónico. En todos los casos se imprimirá una constancia para ser agregada al expediente, indicándose fecha y hora de remisión de la cédula electrónica. De esa forma, la notificación se considerará válida cuando esté disponible en la cuenta del usuario.

Las notificaciones por medios electrónicos vienen siendo de uso obligatorio para los operadores internos de la Sala C (magistrados, funcionarios y empleados) desde el 1 de febrero de 2017, lo que produjo un cambio sustancial en la tramitación de los expedientes pues aportó inmediatez y celeridad a los procesos contencioso administrativos.

Cuando los ministros aprobaron el acuerdo 3610 remarcaron que el nuevo mecanismo de comunicación es “una herramienta técnica que redundará en la eficiencia del servicio de justicia y, consecuentemente, en una progresiva disminución en el uso del soporte papel en los expedientes”.

De hecho, en el fuero penal, desde hace nueve meses el papel dejó de existir definitivamente –existió un proceso gradual de despapelización– y todas las etapas del procedimiento se diligencian electrónicamente a través del Sistema Informático de Gestión de Legajos Penales (SIGeLP). Allí, a su vez, las notificaciones electrónicas obligatorias habían instrumentado en octubre de 2014.

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