Edgar José Benítez, un panadero y carpintero de 33 años, fue condenado hoy a un año de prisión de cumplimiento efectivo, manteniéndosele la condición de reincidente, por ser autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, en concurso real con amenazas simples; y lesiones leves, en perjuicio de dos víctimas; hechos que fueron enmarcados en las normas de la ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.
Ello pasó hace menos de un mes, en la madrugada del jueves 20 de junio, cuando Benítez –en la vivienda que compartían– inició una discusión con su pareja, que al intensificarse continuó “con agresiones físicas” violentas hacia ella. Paralelamente le exigió “dinero para irse de la casa”, según dice el fallo dictado hoy por la jueza de audiencia de Santa Rosa, Alejandra Ongaro.
En esas circunstancias, en el domicilio también estaba la nuera de la víctima, quien fue a pedirle ayuda a los vecinos. Allí el acusado le dijo a su pareja: “Andá a buscarla porque si me denuncia, los mato a todos”. Además cuando quiso interceder para evitar que siguiera golpeando a la víctima, Benítez le dio un golpe en el rostro a ella. Finalmente llegó la policía y detuvo al agresor.
La sentencia de Ongaro fue dispuesta en el marco de un acuerdo de juicio abreviado firmado por el fiscal Marcos Hernán Sacco, la defensora oficial Paula Arrigone y el propio imputado, quien tenía antecedentes penales registrables.
“Analizada la prueba y valorada conforme las reglas de la sana crítica, tengo la certeza de la existencia de los hechos investigados que fueran puntualmente fijados en el acuerdo, como así también que el acusado Benítez resultó ser el autor material”, señaló la magistrada.
“El marco en el que se produjeron ambos sucesos, y especialmente el vínculo de pareja existente, impone que estos hechos sean valorados conforme a las pautas que se establecen en la ley 26.485” de Protección Integral contras las Mujeres, concluyó Ongaro.
Benítez había sido condenado por la propia jueza, en otro abreviado, el 1 de marzo de este año por robo simple en grado de tentativa, por querer resultarle en la vía pública a un hombre la suma de 1.900 pesos.