Las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por operaciones como depósitos, extracciones y consultas que se realicen en cualquier cajero automático del país. Hasta el 30 de junio tampoco podrá haber distinción entre clientes y no clientes de cada banco.
El Banco Central decidió este jueves que las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por las operaciones efectuadas mediante todos los cajeros automáticos del país, ni habrá límite para extracción.
La disposición regirá hasta el 30 de junio próximo inclusive para que las personas «circulen lo mínimo indispensable para contribuir al aislamiento social» dispuesto por el Poder Ejecutivo para contener la pandemia de Coronavirus COVID-19.
Además, no habrá límites de importe, salvo los que expresamente se convengan por razones de seguridad o resulten de restricciones operativas, ni de cantidad de extracciones.
La disposición, aplicada a través de la Comunicación “A” 6945, aplica a cualquier operación efectuada a través de cajeros automáticos como depósitos, extracciones y consultas, entre otras.
«Tampoco habrá distinción alguna entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta a la vista sobre la cual se efectúe la correspondiente operación», aclaró el Central.
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